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¿Qué tan importante es la fecha de "admitido hasta" estampada en mi pasaporte al entrar a los EE.UU.?

He viajado a los EE.UU. 3 veces en el último año, en los 2 viajes anteriores, el CPB estampó mi pasaporte para la entrada hasta 6 meses por lo que me quedé sólo 2 semanas cada uno. En mi tercer viaje en febrero, me sellaron la entrada sólo por un mes, sin embargo ha surgido algo que requiere que me quede 3 semanas más. ¿Esto me pondría en la lista de los que se quedan más tiempo? Sé que puedes estar entre 90 y 180 días en los Estados Unidos con una visa B1/B2, pero dado lo que se estampó en mi pasaporte, ¿qué es lo mejor que se puede hacer? ¿Puedo ignorarlo y quedarme?

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Por lo que sé, lo que importa es la fecha estampada en el pasaporte. La cifra de "90 a 180 días" representa el tiempo máximo que puede autorizar el funcionario de entrada, pero también pueden autorizar menos, como en tu caso. Si te quedas más allá de la fecha que figura en el sello, estarás sobrepasando ilegalmente la estancia. Sin embargo, debería haber alguna forma de contactar con el CBP y pedir una prórroga.

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Debe haber ocurrido algo inusual en el control de inmigración en su tercer ingreso. ¿Qué ocurrió? ¿Qué le dijo el oficial del CBP?

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La fecha de Admisión Hasta en su I-94 es lo que importa. Por lo general, estampan esa misma fecha debajo de su sello de entrada para su comodidad, por lo que no tiene que ir a comprobar su I-94. Sin embargo, deberías comprobarlo de todos modos porque a veces se equivocan y las fechas no coinciden.

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TheCottonSilk Puntos 364

Lo único que se puede hacer es solicitar una extensión de su estancia en los EE.UU. si califica para ello.

Ver USCIS para más información. Tendrá que presentar un formulario I-539 listando la información requerida en las instrucciones y luego sólo esperar una decisión.

Si la decisión llega antes de la fecha de salida y es negativa, es posible que tenga muy poco tiempo para salir del país antes de que el USCIS tome otras medidas legales.

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Las solicitudes de prórroga del estatus tardan actualmente entre 5 y 6 meses, y a veces más. Así que es prácticamente imposible que reciba una decisión antes de su fecha de admisión.

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Por una información que recibí de un abogado, es legalmente posible permanecer en el país mientras se tramita la solicitud. Y esto debe ser algo nuevo ya que la duración es de 5-6 meses. La última vez que alguien que conozco lo solicitó recibió una respuesta en 3 semanas, pero eso fue hace un par de años.

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Siempre se ha dado el caso de que se puede permanecer en el país mientras la solicitud está pendiente, siempre y cuando se haya presentado a tiempo (se haya recibido antes de que expirara el periodo del I-94)

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user102008 Puntos 2666

El visado estadounidense es sólo para entrar en los EE.UU., y la fecha de caducidad del visado sólo significa el último día en el que puedes usar el visado para entrar en los EE.UU. Un visado no tiene ninguna relación con su capacidad de permanecer en los EE.UU. - que se determina por la fecha de admisión hasta en su I-94.

No se le garantiza una cierta duración al entrar con un visado de visitante. El oficial de inmigración tiene la discreción de darle un período de admisión I-94 tan corto como crean que se justifica por sus circunstancias.

No hay una "lista de prórroga". Sin embargo, quedarse más allá de la fecha de su I-94, incluso por un corto tiempo, tiene muchas consecuencias negativas, incluyendo, pero no limitado a:

  • El visado que usó para entrar en este momento es automáticamente nulo y no puede ser usado en el futuro.
  • Sólo puede solicitar visados de EE.UU. de su país de origen para el resto de su vida.
  • No puede utilizar el Programa de Exención de Visado para el resto de su vida (si tiene o tendrá una nacionalidad que esté cubierta por él)
  • También puede tener dificultades para obtener visados de EE.UU. en el futuro, aunque es imposible predecir el efecto que tendrá.

Como sugiere @Karlson, si necesitas quedarte más tiempo, puedes solicitar la Extensión de Estado. Puedes quedarte mientras la solicitud esté pendiente, incluso si la I-94 está vencida, siempre y cuando hayas presentado (y recibido) la solicitud antes de que tu I-94 venza. Dado que actualmente el procesamiento de estas solicitudes lleva varios meses, deberías irte mucho antes de que tomen una decisión sobre tu solicitud, en cuyo caso su decisión no importa y no te arriesgas a ninguna consecuencia negativa automática (pueden denegar automáticamente la solicitud después de que te vayas porque ya no tienes ninguna necesidad de extender un estatus que ya no tienes). El inconveniente es que la solicitud cuesta varios cientos de dólares. Además, si lo haces, recuerda que debes conservar el recibo y cualquier resultado de la solicitud de prórroga del estatuto contigo en el futuro, siempre que solicites un visado o entres en los Estados Unidos, para demostrar al oficial que no te quedaste más de lo debido, que te fuiste mientras la solicitud estaba pendiente (porque de lo contrario lo único que ven en su computadora es la fecha de admisión hasta y las fechas en que realmente entraste y saliste; no ven tu solicitud de prórroga del estatuto).

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Si solicito una prórroga y me voy antes de recibir una respuesta o una denegación, ¿se anulará automáticamente mi visado de 2 años?

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@arim: no lo hará

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Los que entraron bajo el VWP no pueden solicitar una extensión del estatus.

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Dennis Puntos 141

Si está buscando una fecha escrita en su pasaporte y no tiene el papel I-94 podría valer la pena mirar la fecha de "Admisión hasta" en la (electrónica) I-94, disponible en la Página CBP I-94 ya que es posible que el oficial del CBP haya copiado la fecha en su pasaporte incorrectamente. Si la fecha de la I-94 es diferente, creo que es la que debería aplicarse, aunque quizás quieras imprimir una copia del registro y llevártela contigo en el caso de que a alguien le importe. No tienes más remedio que solicitar una extensión si quieres permanecer más allá de la fecha de la I-94.

Si tienes un visado o estás exento de él (debería ser uno u otro si previamente has conseguido 6 meses) ten en cuenta que si eres admitido como B2, (casi) siempre conseguirás un 6 meses automático pero para un B1 el oficial no necesita darte más del tiempo solicitado. Buscando en Google una referencia de la sentencia anterior se encuentra este .

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