Tiene permiso de residencia, por lo que no necesita visado.
(Como ha señalado Relaxed, su visado de entrada única ya no es válido porque es válido para una sola entrada, y usted ya ha utilizado esa entrada única).
Del Código de fronteras Schengen ( http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX:02006R0562-20131126 ):
Artículo 5
- Para las estancias previstas en el territorio de los Estados miembros de una duración no superior a 90 días en un período de 180 días, lo que supone considerar el período de 180 días anterior a cada día de estancia, las condiciones de entrada para los nacionales de terceros países serán las siguientes:
(a) [...]
(b) estar en posesión de un visado válido, si se exige en virtud del Reglamento (CE) nº 539/2001 del Consejo, de 15 de marzo de 2001, por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación, excepto si son titulares de un permiso de residencia válido o de un visado de larga duración válido;
(Énfasis añadido)
La última cláusula, en cursiva, significa que no necesita un visado mientras su permiso de residencia siga siendo válido.
(El apartado (a), omitido, se refiere a los requisitos de un pasaporte o documento de viaje similar).
De la misma manera,
Artículo 7
[...]
- A la entrada y a la salida, los nacionales de terceros países serán sometidos a controles exhaustivos.
(a) El control exhaustivo de entrada comprenderá la comprobación de las condiciones de entrada establecidas en el apartado 1 del artículo 5 y, en su caso, de los documentos que autorizan la residencia y el ejercicio de una actividad profesional. Esto incluirá un examen detallado que abarque los siguientes aspectos
(i) la comprobación de que el nacional de un tercer país está en posesión de un documento válido para cruzar la frontera y que no ha caducado, y que el documento va acompañado, en su caso, del visado requerido o permiso de residencia;
(Énfasis añadido)
Nótese la palabra "o" en la última cláusula, que apoya la conclusión de que un permiso de residencia por sí mismo autoriza a un nacional de un tercer país a entrar en el espacio Schengen, sin necesidad de tener un visado.
(La sección 1, omitida, se refiere a los controles de entrada y salida en general; la sección 2 se refiere al "control mínimo" realizado a los beneficiarios del derecho de libre circulación).