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Vuelva a entrar en España con un visado de estudiante después de visitar como turista.

Veo muchos mensajes sobre la estancia en un país como turista después de la expiración de un visado de estudiante. Esto es lo contrario.

Estaré estudiando en España desde agosto de 2016 hasta julio de 2017. Llevo un pasaporte de EE.UU., y mi proceso de visado de estudiante español está en marcha.

Sin embargo, me gustaría llegar a España en julio de 2016 para pasar las vacaciones con mi familia antes de que empiece la escuela. Así que tengo dos opciones:

  1. Asegurarme de que mi visa de estudiante comience en julio en lugar de agosto.
  2. Viajar en julio como turista, dejar el área Schengen, y volver después de la fecha de inicio de agosto de mi visado de estudiante

Tengo problemas con el número 1 porque uno de los requisitos del visado del seguro médico y de salud (debe estar cubierto durante la estancia). Estoy cubierto a través de mi escuela (y tengo la documentación apropiada) para los meses de mi programa, pero no para julio. Y ha sido difícil encontrar una cobertura apropiada para un mes solamente.

Así que pasamos al número 2. Mi plan sería entrar en España como turista y tener planes de viaje a Reino Unido/Marruecos. Me quedaría en España por dos semanas, volaría fuera del área Schengen, pasaría un fin de semana allí, y volvería a entrar a España con mi visa de estudiante, que sería válida en ese momento.

Preguntas: ¿Alguna idea sobre el número 1? ¿Ves algún problema potencial con el número 2?

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¿Fuera de tema? Quiero decir, veo que los expatriados podrían responder a esto, y la sugerencia #1 sería. Pero la sugerencia #2 seguramente entra dentro de nuestras competencias.

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No tengo la información legal delante de mí para responder con seguridad, pero - la idea 1 parece improbable - estarías pidiendo extender tu visado de estudiante por razones de turismo. La idea 2, sin embargo, parece completamente rutinaria y no es algo que deba hacer que nadie levante una ceja.

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@CMaster Eso varía según el país. Por ejemplo, si tratas de entrar en EE.UU. como turista un mes antes de que comience la validez de tu visado de estudiante, deberías esperar un intenso interrogatorio y posiblemente que te denieguen la entrada e incluso que te revoquen el visado. EE.UU. no permite a los estudiantes que entran por primera vez más de 30 días antes del inicio de las clases, y la fecha de inicio del visado se fija en esa fecha. Dado que realmente no nos ocupamos mucho de los visados de estudiante aquí, creo que el número 2 debería responderse en Expatriados también.

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jimmij Puntos 541

Ambas opciones deberían funcionar sin ningún problema, pero también tienes otra opción más simple y también legal: Entrar en julio como ciudadano estadounidense exento de visado y quedarse. Asumiendo que su visado español de larga duración es válido desde, por ejemplo, el 1 de agosto, el período que permanezca hasta finales de julio contará con su exención de visado de 90/180 días y el visado de larga duración entrará en vigor el 1 de agosto sin ninguna acción por su parte.

Su situación es similar a la de los visados de corta duración. Digamos que eres de un país que necesita un visado para cualquier estancia en el área Schengen y ya tienes un visado válido hasta el 31 de julio. Sin embargo, usted está planeando un viaje del 20 de julio al 10 de agosto. Como no se permiten los visados superpuestos, si su nueva solicitud de visado es concedida, se le expedirá un nuevo visado válido a partir del 1 de agosto. Como no hay interrupción en la validez de los dos visados, puede simplemente entrar con el visado antiguo y quedarse más allá de la validez del primer visado. También en esta situación, no es necesario que salga del área Schengen antes de la expiración del primer visado y vuelva a entrar con el segundo visado más tarde.

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Muchas gracias por tu respuesta, no había entendido bien las normas para ver esta opción. Una pregunta complementaria: en la solicitud de visado se pide "Fecha prevista de llegada a España". ¿Debo indicar mi fecha prevista de llegada en julio, aunque mis otros documentos abarquen el año que comienza el 1 de agosto? ¿O debo indicar el 1 de agosto?

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