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¿Necesita un marino que viaje a Dubrovnik desde Bombay vía Múnich un visado de tránsito?

Soy marino y me sellarán el visado al llegar a Croacia. Tengo programado mi vuelo de Bombay a Dubrovnik vía Múnich (en un país Schengen).

¿Necesito un visado de tránsito para Schengen?

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Parece que necesita un visado de tránsito aeroportuario. Hay varios documentos que te eximirían de ese requisito, pero si he entendido bien tu pregunta, no tienes ninguno de esos documentos.

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Los marineros de @phoog suelen estar exentos cuando viajan directamente a su punto de embarque.

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JonathanReez Puntos 2850

Según la Código de visado Schengen :

Los nacionales de los terceros países enumerados en el anexo IV deberán estar en posesión de un visado de tránsito aeroportuario al pasar por las zonas internacionales de tránsito de los aeropuertos situados en el territorio de los Estados miembros.

Según la Embajada de Alemania en India Los ciudadanos indios también necesitan obtener un visado de tránsito aeroportuario:

Todos los ciudadanos indios en tránsito aéreo por Alemania deben solicitar un permiso de tránsito. General

Existen varias exenciones enumeradas en el Código de visados, pero ninguna de ellas se aplica específicamente a los marinos:

(a) titulares de un visado uniforme válido permiso de residencia expedido por un Estado miembro;

(b) nacionales de terceros países titulares de los permisos de residencia válidos enumerados en el anexo V, expedidos por Andorra, Canadá, Japón, San Marino o los Estados Unidos de América que garanticen la la readmisión incondicional del titular;

(c) los nacionales de terceros países titulares de un visado válido para un Estado o para un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo Económico Europeo de 2 de mayo de 1992, Canadá, Japón o los Estados Estados Unidos de América, o cuando regresen de esos países después de haber utilizado el visado;

(d) los miembros de la familia de los ciudadanos de la Unión contemplados en la letra a) del apartado 2 del artículo 1;

(e) los titulares de pasaportes diplomáticos;

(f) miembros de la tripulación de vuelo que sean nacionales de un país contratante contratante del Convenio de Chicago sobre Aviación Civil de Chicago.

A menos que se le aplique una de las exenciones enumeradas anteriormente, deberá solicitar un visado de tránsito.

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