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¿Qué ocurre cuando una compañía aérea que opera quiebra para un vuelo que se ha emitido a través de otra compañía?

Esta pregunta fue motivada por la reciente pregunta de mts ¿Qué ocurre con los billetes de avión en caso de quiebra de la compañía aérea?

Hoy en día, muchas aerolíneas forman parte de una alianza global de aerolíneas y/o tienen acuerdos de interlínea con otras aerolíneas. Por ello, a menudo es posible comprar un billete para un vuelo operado por una aerolínea, pero emitido por una de sus aerolíneas asociadas.

En una situación como la de la pregunta de mts, en la que es evidente que una aerolínea tiene problemas financieros antes de comprar el billete, me pregunto si comprar un billete emitido por una aerolínea asociada es un método potencial para protegerse de la posibilidad de que la aerolínea que opera el vuelo deje de operar por quiebra. Obviamente, esto sería suponiendo que usted comprara el billete a una aerolínea asociada que, a su juicio, tiene menos probabilidades de dejar de operar antes de su vuelo.

Así que, concretamente, mi pregunta es ¿qué ocurre cuando se tiene un billete para un vuelo en el que la compañía operadora ha dejado de operar por quiebra, pero la compañía emisora sigue operando?

Resulta especialmente interesante saber si el transportista que emite el billete es entonces responsable, en virtud del contrato de transporte, de llevarle a su destino, como lo sería normalmente en el caso de otras operaciones irregulares.


Soy consciente de que, en algunos países (y, con ciertas tarjetas en otros países,) la compra de un billete a través de una tarjeta de crédito le da recurso para recuperar su dinero, pero me pregunto si esto podría ser una solución alternativa. Si la aerolínea que emite el billete sigue siendo responsable del cambio de ruta, parece que podría ser una solución mejor que solicitar un reembolso con la tarjeta de crédito, ya que no tienes que pagar la diferencia entre el coste del billete original y un billete para el mismo día en otra aerolínea (que suele ser muy caro).

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Richeh Puntos 189

El contrato es entre usted y la compañía aérea que emite el billete (ver los tres primeros dígitos del billete electrónico). Si ha pagado con una tarjeta de crédito, en su extracto aparecerá esta compañía aérea como destinataria de los fondos para sus vuelos. Posteriormente, la compañía aérea emisora del billete consultará los distintos acuerdos con las demás compañías aéreas para distribuir las tasas debidas.

Si la compañía operadora tiene cambios de horario, se le hará una nueva reserva en otras compañías, incluyendo potencialmente los vuelos de la compañía emisora de billetes o de sus otras aerolíneas asociadas. Del mismo modo, si la compañía operadora quiebra, su compañía emisora de billetes está obligada a organizar un transporte alternativo para usted.

Dado que la compañía aérea operadora tiene varias responsabilidades, como la de proporcionar la compensación de la UE261/2004 cuando corresponda, no es algo que usted pueda intentar reclamar a su compañía aérea emisora de billetes en caso de que los vuelos se cancelen debido a la quiebra.

Hay un gran artículo en FT explicando las distintas partes implicadas en su billete. Sólo voy a extraer una pequeña parte:

Hay cuatro (!) formas básicas diferentes en las que una aerolínea puede estar participar en un billete:

  • Como portador de billetes (a veces llamado portador "validador" o "chapista"). Al final, un billete debe ser emitido por una sola aerolínea, en el "stock" de billetes virtuales (o físicos) de esa aerolínea. papel) de esa aerolínea. Esta aerolínea recibe el dinero y lo distribuye a las demás aerolíneas del billete.
  • Como compañía propietaria de la tarifa. Se trata de la compañía aérea cuya tarifa se utiliza y que fija el precio de los vuelos que cubre la tarifa.
  • Como portador de marketing de un vuelo. Es la compañía aérea cuyo número de vuelo se utiliza; es la que ofrece el vuelo para venta.
  • Como compañía operadora de un vuelo, los que poseen y operan el avión y suministran la tripulación.

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Johns-305 Puntos 537

Es responsabilidad de la compañía aérea que emite el billete volver a acomodarle.

Para una compañía aérea de la alianza, esto no es realmente un problema y ciertamente nada que me preocupe.

Para el transportista emisor, esto no es diferente a un cambio de horario o a que el transportista que opera deje de realizar ese único vuelo. Esto ocurre siempre. Es habitual que un itinerario emitido con más de 3 meses de antelación tenga algún cambio.

En realidad, el transportista que emite el billete sólo está obligado a llevarle a su destino, no en un momento determinado y no en vuelos específicos.

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