El total de todas las entradas no debe superar los 30 días.
El Código de visado Schengen , Anexo VII:
- Rúbrica "DURACIÓN DE LA VISITA ... DÍAS":
Este epígrafe indica el número de días durante los cuales el titular del visado puede permanecer en el territorio para el que es válido. Esta estancia puede ser continua o, según el número de días autorizados, repartida en varios períodos entre las fechas mencionadas en el epígrafe 2, teniendo en cuenta el número de entradas autorizadas en el epígrafe 3.
El número de días autorizados se escribe en el espacio en blanco entre "DURACIÓN DE LA VISITA" y "DÍAS", en forma de dos dígitos, el primero de los cuales es un cero si el número de días es inferior a 10. El número máximo de días que puede introducirse en este apartado es de 90.
Cuando un visado es válido por más de seis meses, la duración de las estancias es de 90 días en cualquier periodo de 180 días.