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¿Puede un refugiado pakistaní solicitar un visado de visitante en Estados Unidos?

Tengo un Permesso di Soggiorno (un Permiso de residencia ) en Italia; ¿puedo solicitar un visado de visita a Estados Unidos?

Soy de Pakistán, estudié en el Reino Unido, dejé el Reino Unido y luego vine ilegalmente a Italia. Solicité asilo en Italia y obtuve documentos de 2 años. Ahora quiero solicitar un visado de visita a EEUU.

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Bienvenido a travel.SE. ¿Puedes aclarar tu pregunta? Tener el Permisso di Soggiorno no tiene nada que ver con la posibilidad de solicitar un visado.

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Gracias por la rápida respuesta.tengo permssio Di saggionor de 2 años

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El tiempo no importa.

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Dorothy Puntos 111

Y en inglés, de la Misión de EE.UU. en Italia, Visados B1 / B2 Nota del último párrafo, el énfasis es mío:

El visado de visitante "B" es un visado de no inmigrante para las personas que desean entrar en los Estados Unidos temporalmente por negocios (B-1) o temporalmente por placer (B-2). Las personas que planean viajar a los Estados Unidos con un propósito diferente, como estudiantes, trabajadores temporales tripulantes, periodistas, etc., deben solicitar un visado diferente en la categoría apropiada.

CÓMO OBTENER UN VISADO "B"

Los solicitantes de visados de visitante deben demostrar que cumplen los requisitos establecidos en la Ley de Inmigración y Nacionalidad.

La ley presume que todo solicitante de visado es un inmigrante en potencia. Por lo tanto, los solicitantes de visados de visitante deben superar esta presunción demostrando que:

-El propósito de su viaje es entrar en Estados Unidos por negocios o por placer;
-Piensan quedarse durante un periodo concreto y limitado;
-Tienen una residencia fuera de los Estados Unidos, así como otras obligaciones vinculantes que aseguren su regreso al extranjero al finalizar la visita.

DOCUMENTACIÓN OPCIONAL

Los solicitantes deben demostrar que son debidamente clasificables como visitantes según la legislación estadounidense. Se pueden aportar pruebas que demuestren el propósito del viaje, la intención de salir de los Estados Unidos y los arreglos realizados para cubrir los gastos del viaje. Es imposible especificar la forma exacta que deben adoptar las pruebas, ya que las circunstancias de los solicitantes varían mucho. En el caso de las personas que viajan a los Estados Unidos por motivos de negocios, una carta de la empresa que indique el propósito del viaje, la duración prevista de la estancia del portador y la intención de la empresa de sufragar los gastos de viaje, es un ejemplo de dicha documentación. En el caso de las personas que viajan a los Estados Unidos por placer, es necesario demostrar los vínculos con Italia. Los solicitantes que no dispongan de fondos suficientes para mantenerse durante su estancia en EE.UU. deben presentar pruebas convincentes de que una persona interesada les proporcionará apoyo. Los visitantes no pueden aceptar un empleo durante su estancia en los EE.UU. Dependiendo de las circunstancias individuales, las solicitudes pueden aportar otras pruebas que justifiquen el propósito del viaje y especifiquen la naturaleza de las obligaciones vinculantes, como los vínculos familiares o el empleo, que obligarían a regresar al extranjero tras una breve estancia.

PARA TRAMITAR SU VISADO DE VISITANTE (B-1/B-2) DEBE PRESENTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN

  • Recibo del BNL del pago de la tasa de solicitud de visado de lectura mecánica no reembolsable.
  • El formulario de solicitud de visado DS-160 cumplimentado.
  • Un pasaporte válido para viajar a Estados Unidos. Si en el pasaporte figura más de una persona, cada individuo que desee un visado deberá presentar una solicitud por separado;
  • Una foto tamaño carné por cada solicitante de visado, incluidos los bebés (véase la página web "Requisitos de las fotos").

Cualquier otra documentación que demuestre los vínculos sociales, económicos y familiares con Italia y el propósito del viaje (dichos documentos podrían incluir: Permesso di soggiorno en forma original para los ciudadanos no italianos, carta de empleo, la última nómina o el formulario 101, INPS, o el formulario de impuestos, certificado de matrimonio para los no italianos casados con un ciudadano italiano, extracto bancario que demuestre que hay fondos suficientes).

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