Con un documento de viaje para refugiados de la Convención de 1951 expedido por Noruega, puede:
- Utilice el documento de viaje para viajar a otros países del espacio Schengen durante un máximo de 90 días en un periodo de 180 días sin necesidad de visado.
- Utilice el documento de viaje en lugar del pasaporte para solicitar visados y viajar a cualquier país fuera del espacio Schengen, excepto uno.
No puedes:
- Vuelve al país del que has huido. Su estatus de refugiado puede ser revocado si viaja a este país.
En resumen: puede viajar a cualquier país del mundo excepto al país del que procede, pero la mayoría de los países le exigirán un visado.
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@Ishahak ¿A qué protección se refiere? Y el "Libro de la Convención de Ginebra" ¿es un documento de viaje para refugiados (según la Convención de Ginebra de 1951)?
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¿Tiene algún documento que acredite que es residente permanente en Noruega?