3 votos

Al aplicar para una visa Schengen, ¿cómo puedo demostrar que mi padre está patrocinando el viaje?

Yo soy un 24 edad (single) a la chica de Bangladesh que residen actualmente en los EMIRATOS árabes unidos con mis padres. Mi universidad está llevando a algunos estudiantes a España para un viaje una semana. La universidad me ha dado un itinerario que consta de los detalles del vuelo, hotel de detalles, detalles del tour y las comidas (que serán pagados por anticipado - 49% antes de la aplicación de la visa y el 51% después de la aplicación). Voy a ir con mi grupo de la universidad, estar con ellos durante todo el viaje y regresar con ellos.

Sin embargo aquí hay un poco de problema. Dejé mi trabajo un par de meses atrás. Actualmente tengo una cuenta de ahorros para la que llego declaraciones después cada 6 meses. Como por mi visa de trabajo en los EMIRATOS árabes unidos, actualmente soy un estudiante menor de mi padre patrocinio.

¿Qué tipo de banco de documentos tengo que presentar para demostrar que mi padre me pagan el dinero para el viaje?

Mi cuenta tiene acerca de AED 15000 euros (3,765) como recientemente he invertido la mayor parte de mis ahorros a trabajar en un plan de negocios para la que no tengo una licencia.

Confundido en cuanto a qué tipo de documentos en general se requieren para el éxito de la aplicación.

PS: a toda Nuestra familia de solicitud de visado Schengen me rechazaron en septiembre pasado el tiempo y la razón era que "el propósito de turismo no podría ser justificado". Yo creo que fue porque ya no podemos presentar nuestra empresa de comercio de la licencia, de la Universidad de los documentos de matriculación y el NOC se menciona sólo uno de los tres países (alemania, Austria, Italia y Suiza) que estábamos planeando ir.

3voto

njsf Puntos 1896

El Ministerio de la Presidencia municipal, por la Orden PRE/1282/2007, de 10 de Mayo de 2007, decreta:

  1. a) Para su sostenimiento, durante su estancia en España, la cantidad de un acreditar deberá alcanzar una cantidad que represente en de euros el 10% del salario mínimo interprofesional bruto o su equivalente legal en moneda extranjera multiplicada por el número de días que pretendan permanecer en España y por el número de personas que viajen a su cargo. Dicha cantidad será, en todo caso, de un mínimo que represente el 90% del salario mínimo interprofesional bruto vigente en cada momento o su equivalente legal en moneda extranjera por persona, con independencia del tiempo de estancia previsto.

    El tiempo de estancia a tener en cuenta para calcular la cantidad económica exigida será el número de días resultantes desde la fecha de entrada en España hasta la fecha de salida que figura en el billete referido en la letra b) de este apartado, ambas fechas incluidas.

Que se traduce como:

El importe a abonar por la duración de la estancia en España debe ser del 10% del mínimo bruto profesional de sueldo o su legal el equivalente en moneda extranjera multiplicada por el número de días que tienen la intención de permanecer en España y por el número de personas que viajan en su cargo. En cualquier caso, esta cantidad será de un mínimo de 90% de el nacional bruto salario mínimo en vigor en el momento, o su legal el equivalente en moneda extranjera por persona, independientemente de la espera la duración de la estancia.

El tiempo de estancia a ser tomado en cuenta para calcular el cuantía económica será el número de días resultante a partir de la fecha de la entrada en España hasta la fecha de salida que aparece en la billete mencionados en la letra b) de esta sección, ambas fechas incluidas.

Las últimas cifras de Eurostat para el salario Mínimo EUR/mes para España (2015) es 756.70, de los cuales el 90% es de €681 – pero esta cifra se mantenga cambiando a medida que los precios en España de cambio.

Este es el mínimo necesario para una estancia por una persona (no acompañando a personas a cargo) por hasta 10 días. Desde su viaje es para menos que el que se aplica a usted. Fueron por más de 10 días, a continuación, una cantidad adicional que sería necesario para cada día extra.

Con un extracto de cuenta de su propio mostrando acceso a 5-1/2 veces que no se debe exigir la prueba de que su padre está patrocinando el viaje.

Una versión oficial :

La cantidad mínima que se debe acreditar es de € 64.53 por persona por día, con un mínimo de € 580.77 o su equivalente legal en moneda extranjera.

así que es de suponer que no se corresponde a la fecha (aunque podría ser de facto el mínimo de lo que es aceptado).

ViajeroSabio.com

ViajeroSabio es una comunidad de viajeros en la que puedes resolver tus problemas y dudas.
Puedes consultar las preguntas de otros viajeros, hacer tus propias preguntas o resolver las de los demás.

Powered by:

X