Visito periódicamente los Estados Unidos con un visado de viaje. Por lo general, durante un máximo de 6 meses. He trabajado por cuenta propia en la UE (nacional de la UE) y sé que cuando visito los Estados no se me permite trabajar para mis clientes estadounidenses. No lo hago para estar seguro de que puedo volver a los EE.UU. cuando me gustaría en el futuro. Pero esto también me impide trabajar, ahora pienso en el transportista, no en los ingresos. Me gustaría seguir trabajando mientras estoy en los Estados Unidos, lo cual no está permitido. ¿Sería diferente si utilizara una sociedad limitada (propia, en algún lugar de la UE) para facturar a mis clientes? De este modo, los ingresos irían a parar a la empresa y no a mí, y en todos los contratos figuraría la empresa y no yo. Desde una perspectiva puramente legal. Sé que con la contratación a distancia, en realidad hay una posibilidad muy pequeña de que el USCIS se entere de esto, pero ese no es el punto.
El sentido común sugiere que no importa mientras trabaje para clientes estadounidenses y la empresa sea realmente mía. Tal vez sea diferente cuando la empresa sea una agencia alemana o algo así.
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Asesoramiento y creación de determinados documentos para los clientes.