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Visita de vacaciones al Reino Unido con un visado C-Visit que obtuve para un viaje de negocios que nunca se produjo; mientras tanto, dejé la empresa que respaldaba mi solicitud

Así que este septiembre solicité un visado de visitante estándar para pasar 3-4 semanas en la oficina de Londres de la empresa en la que trabajaba, y en la solicitud decía que me quedaría 3 semanas para un seminario de negocios. Tenía una invitación y una carta de empleo para respaldar la solicitud. Se suponía que debía ir en noviembre, pero entretanto ocurrieron muchas cosas en el trabajo y dejé la empresa, y no utilicé el visado.

Si quisiera ir a Londres el mes que viene sólo por unos días (es decir, no 3 semanas, como se indica en la solicitud) simplemente por motivos de turismo, ¿habría algún problema?

He leído en algunas de las preguntas anteriores aquí que si tu motivo principal para solicitarlo era por negocios, tu primera visita tiene que ser de negocios, pero todas estas preguntas eran anteriores a los cambios en las categorías de visado. ¿Y cómo van a saber si entras en el Reino Unido por negocios o por viaje, excepto tu respuesta a esa pregunta?

Así pues, quiero saber si cuando entre en el Reino Unido alguien me preguntará si se trata de una visita turística, aunque el motivo inicial declarado en mi solicitud sea de negocios, y si eso supondrá un problema.

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Roddy Puntos 32503

Lo que ha descrito entra dentro del término genérico "cambio de circunstancias". Esto ocurre cuando la premisa de la solicitud de la persona ya no es válida. Es un caso diferente al de una persona que obtiene un visado y luego lo utiliza varias veces por negocios y por placer.

Cuando solicitaste el visado firmaste un acuerdo para mantenerles informados sobre un cambio de circunstancias; también estás obligado a informar a la OI cuando llegues si ha habido un cambio de circunstancias. Si utiliza el engaño por silencio (según la Ley de Inmigración y Asilo de 1999 ) para no informarles, corre el riesgo de convertirse en un participante ilegal.

Cuando se enteren de un cambio de circunstancias, la pregunta fundamental que se hará el OCE (o el OI) es: "¿el cambio habría alterado la decisión de conceder el visado?" Si la respuesta es 'no', no es lo suficientemente significativo, entonces su visado sigue siendo válido. Si la respuesta es "sí", entonces el visado ya no es válido.

La referencia técnica de control para esto es Párrafo 321 (ii) del Reglamento de Inmigración que dice...

Una persona que solicita permiso de entrada en el Reino Unido y que es titular de una de entrada que se le haya expedido debidamente y que esté en vigor puede denegar la entrada sólo si el funcionario de inmigración está convencido de que que:

un cambio de circunstancias desde que se emitió ha eliminado la base de el derecho de admisión del titular, excepto cuando el cambio de de circunstancias se deba únicamente a que la persona ha sobrepasado la edad de entrada en una de las categorías que figuran en los apartados 296 a 316 de estas desde la expedición de la autorización de entrada; o

En base a lo que has escrito, es razonable concluir que tu visado ya no es válido, pero si tienes dudas hay tres caminos que puedes seguir...

  1. concertar una consulta con un abogado; o
  2. Utilizar la total transparencia en su entrevista de aterrizaje y esperar discreción a su favor; o
  3. solicitar una nueva autorización de entrada.

De estas opciones, la más segura y menos costosa es la opción (3).

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Utilizando la opción 3 podrían incluso obtener el beneficio añadido de ser sinceros; el funcionario de visados considerará el hecho de que el solicitante no trató de hacer un mal uso del visado existente o no trató de ocultar los hechos cuando cambiaron por lo que esto tiene una buena oportunidad de aprobación si todo lo demás está bien

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