0 votos

¿Puedo viajar de vuelta a Estados Unidos?

En febrero de 2016, visité los Estados Unidos. Entré en Puerto Rico bajo el VWP/ESTA. El 24 de marzo de 2016 me casé; mi esposa es ciudadana estadounidense. Iniciamos el proceso para mi residencia permanente. Cuatro meses después, nos notificaron que el servicio de inmigración había denegado la solicitud. Como los 90 días permitidos por el VWP habían expirado, abandoné el país en septiembre de 2016.

Ahora, después de 6 meses fuera de Estados Unidos, ¿puedo volver bajo las mismas condiciones del VWP/ESTA? ¿Hay otra forma de hacerlo? Cuando salí de EE.UU., el procedimiento de residencia permanente aún estaba pendiente.

3 votos

¿Permiso denegado para qué?

0 votos

Si solicitó el ajuste de estatus (AOS), entonces tendrá abandonado dicha solicitud abandonando el territorio estadounidense. Si ese es el caso, y si sigue interesado en convertirse en residente permanente, tendrá que presentar una nueva solicitud. Dado que te encuentras fuera de EE.UU., tendrías que solicitar un visado de inmigrante en un consulado estadounidense, aunque es posible que puedas entrar en el marco del VWP y solicitar de nuevo el AOS. Si necesitas ayuda con eso, deberías preguntar en Expatriados . Si, por el contrario, desea visitar los EE.UU. temporalmente, su pregunta debe permanecer aquí. Por favor, aclárelo.

0 votos

@pnuts además de la denegación de la residencia permanente, también hay un posible exceso de estancia (si la solicitud del AOS fue denegada en julio, por ejemplo, pero Sotiris no se fue hasta septiembre, se puede considerar que se ha quedado más tiempo del permitido, lo que puede afectar a la elegibilidad para el VWP. Digo "puede" porque no me sé las normas de memoria y no tengo tiempo de buscarlas ahora mismo.

1voto

user102008 Puntos 2666

Como has sobrepasado los 90 días por los que fuiste admitido cuando entraste con el VWP, ya no eres elegible para usar el VWP. Tendrá que solicitar un visado para ir a Estados Unidos de nuevo. Como tiene intención de ir a Estados Unidos para emigrar, no podrá ir con un visado de visitante ni con la mayoría de los demás tipos de visados de no inmigrante. Su cónyuge ciudadano de EE.UU. tiene que solicitarle a usted que inmigre y usted hará el trámite consular en su país de origen para obtener un visado de inmigrante.

0 votos

Gracias chicos por todo lo que realmente aprecio todos estos comentarios....

ViajeroSabio.com

ViajeroSabio es una comunidad de viajeros en la que puedes resolver tus problemas y dudas.
Puedes consultar las preguntas de otros viajeros, hacer tus propias preguntas o resolver las de los demás.

Powered by:

X