Siempre ha sido británico y dejó Yemen de pequeño hace muchas décadas. Pero nací allí y así consta en mi pasaporte. ¿Puedo viajar a Estados Unidos?
La misma pregunta se aplica a los niños nacidos en cualquiera de los 7 países prohibidos por Trump.
Siempre ha sido británico y dejó Yemen de pequeño hace muchas décadas. Pero nací allí y así consta en mi pasaporte. ¿Puedo viajar a Estados Unidos?
La misma pregunta se aplica a los niños nacidos en cualquiera de los 7 países prohibidos por Trump.
El CBP puso en circulación una serie de preguntas y respuestas el 1 de febrero, en el que se decía que la prohibición de entrada y de visado sólo se aplicaría en función del pasaporte que presentara el viajero. Incluso si tuviera doble nacionalidad con uno de los 7 países, no importaría siempre que presentara el pasaporte de otro país:
¿Se aplica esta orden ejecutiva a los ciudadanos con doble nacionalidad de los siete países que quieran entrar en Estados Unidos? Si solicitan la entrada basándose en su ciudadanía de uno de los países que NO están en la lista ¿se les permitirá la entrada?
Los viajeros están siendo procesados y, cuando son elegibles, admitidos según según el documento de viaje que presenten.
¿Puede una persona con doble nacionalidad viajar con un pasaporte de un país no restringido viajar a Estados Unidos?
Los ciudadanos con doble nacionalidad que tengan un visado válido de inmigrante o no inmigrante en un pasaporte emitido por cualquier país no restringido por la Orden Ejecutiva Orden Ejecutiva se les permitirá solicitar la admisión en los Estados Unidos.
¿Puede una persona con doble nacionalidad que tenga la nacionalidad de un país restringido y se encuentra actualmente en el extranjero, solicitar un visado de inmigrante o de no inmigrante a Estados Unidos?
Los puestos del Departamento de Estado están autorizados a tramitar solicitudes de visado y expedir visados de no inmigrante e inmigrante a los solicitantes de visado que solicitantes de visado que cumplan los requisitos y que soliciten un pasaporte de un país no restringido, incluso si tienen doble nacionalidad de un país restringido. Por favor, póngase en contacto con el Departamento de Estado para cualquier pregunta relacionada con la expedición de visados.
Hemos tenido un pregunta similar recientemente acerca de viajar a los Estados Unidos como hijo de un ciudadano iraní. Fue una prohibición promulgada por la administración Obama, pero está directamente referenciada por la prohibición de Trump (de ahí viene la lista de 7 países), así que supongo que la interpretación debe ser la misma. Lamentablemente no parece haber una directriz oficial sobre las personas en tu situación, pero un dato menciona que :
Acabé yendo a Estados Unidos sin visado y me dejaron pasar sin problemas. No me hizo ninguna pregunta sobre mi nacionalidad. Un tío con el que viajaba, que es ciudadano británico pero nació en Irán, obtuvo un visado y cuando pasaba por la aduana e inmigración le preguntaron por qué había obtenido un visado cuando no lo necesitaba. El funcionario le dijo que le habría bastado con un ESTA aprobado...
Así que supongo que debería estar bien para entrar, pero también es posible que el aerolínea pecaría de precavido y le negaría el embarque. En general, yo recomendaría esperar un par de meses para ver cómo se desarrollan las cosas; al menos habría suficientes datos para responder a tu pregunta concreta.
Si con "la interpretación debe ser la misma" quiere decir que ambas normas se aplican a las mismas personas, es casi seguro que se equivoca. Al menos hasta ahora no he oído hablar de que se haya prohibido a nadie por el simple hecho de visitar Irán. Lo que te da cero datos.
@ptityeti a la gente se le ha prohibido usar el VWP después de visitar Irán - y hay un dato directo sobre eso.
Lo sé. Soy un dato. Esto no implica que se me prohíba la entrada a los EE.UU., que es de lo que trata la orden ejecutiva. Sólo que tengo que solicitar un visado (lo que hice la semana pasada).
Según un Declaración del Ministerio de Asuntos Exteriores La orden sólo afecta a las personas que viajan desde esos países. Incluso los ciudadanos con doble nacionalidad podrán entrar en Estados Unidos. Parece seguro deducir de esto, que un ciudadano británico con un vínculo menos fuerte con Yemen será permitido en el país:
El Ministro de Asuntos Exteriores, Boris Johnson, ha mantenido hoy conversaciones con el Gobierno de EE:
El decreto presidencial sólo se aplica a los individuos que viajen desde uno de los siete países mencionados.
Si usted viaja a los Estados Unidos desde cualquier otro país que no sea uno de esos (por ejemplo, el Reino Unido) la orden ejecutiva no se aplica a usted y no experimentará ningún control adicional, independientemente de su nacionalidad o su lugar de nacimiento.
Si usted es un ciudadano del Reino Unido que viaja por casualidad desde uno de esos países a los Estados Unidos, la orden no se le aplica. aunque haya nacido en uno de esos países.
Si tiene doble nacionalidad de uno de esos países y viaja a Estados Unidos desde FUERA de esos países, la orden no se aplica a a usted.
Los únicos ciudadanos con doble nacionalidad que pueden ser sometidos a controles adicionales son los que proceden de uno de los siete países, por ejemplo, un ciudadano con doble nacionalidad británico-libia que viene de Libia a Estados Unidos.
EE.UU. ha reafirmado su firme compromiso con la tramitación rápida de todos los viajeros procedentes del Reino Unido.
(énfasis mío)
Hasta qué punto lo saben los guardias fronterizos es otra lata de gusanos, a la que no tengo respuesta. Por el momento, no tengo ninguna fuente oficial estadounidense que afirme la misma información.
La embajada de EE.UU. en el Reino Unido, por desgracia, publicó un declaración
De acuerdo con la Orden Ejecutiva Presidencial de los Estados Unidos firmada el 27 de enero de 2017, la emisión de visados a los extranjeros de los países de Irak, Irán, Libia, Somalia, Sudán, Siria y Yemen ha sido suspendida con efecto inmediato hasta nueva notificación.
Si tiene la nacionalidad, o doble nacionalidad, de uno de estos países, no programe una cita para el visado ni pague ninguna tasa de visado en este momento.
Si ya tiene una cita programada, por favor NO ASISTA a su cita ya que no podremos proceder con su entrevista para el visado. Tenga en cuenta que determinados viajes con fines gubernamentales oficiales, relacionados con asuntos oficiales en o en nombre de organizaciones internacionales designadas, en nombre de la Organización del Tratado del Atlántico Norte, o por parte de determinados funcionarios no están sujetos a esta suspensión.
No dicen que se prohíba la doble nacionalidad (sólo que no te darán el visado en este momento), lo que me hace pensar que ponen los casos poco claros en espera de una aclaración en este momento. Tampoco se pronuncian sobre las personas nacidas en esos países, que es tu caso.
La interpretación del Ministerio de Asuntos Exteriores de la orden ejecutiva no coincide en absoluto con la interpretación de la administración ejecutiva estadounidense, por lo que lamento decir que su asesoramiento es bastante inútil.
Lo que digo es que se está negando la entrada a Estados Unidos a personas por su ciudadanía, independientemente del lugar desde el que hayan iniciado su viaje. No dudo que la administración le haya dicho a BoJo lo que él dice que le dijeron, así que no creo que esté mintiendo. El problema es que la administración no ha articulado una política coherente, y la aplicación real de la orden ha sido tremendamente incoherente.
La reciente orden ejecutiva suspende temporalmente la expedición de visados a cualquier persona que sea nacional de los países prohibidos o que sea originaria (haya nacido) del país. Si usted nació en Yemen, en virtud de la orden el Departamento de Estado no podrá tramitar su visado, suponiendo que obedezca la orden. Tenga en cuenta que podría intentar demostrar al Departamento de Estado que no es usted nacional de Yemen, pero eso requerirá una revisión del visado que llevará tiempo (meses). Por lo tanto, es probable que pueda obtener un visado, pero no ocurrirá de forma automática e instantánea.
Si ya está en el país, la situación puede ser diferente porque hay varias impugnaciones legales a partes de la orden que pueden aplicarse a personas que ya están en Estados Unidos, pero si está fuera de Estados Unidos ahora mismo, puede ser difícil conseguir un visado para entrar.
Un funcionario de inmigración estadounidense, como los de la mayoría de los países, tiene un amplio margen de maniobra para denegar la entrada a cualquier extranjero por cualquier razón. No puede demandar a Estados Unidos para que le permita la entrada. Esto se denomina no revisabilidad consular en la práctica jurídica estadounidense . Básicamente lo que significa es que te pueden denegar la entrada por CUALQUIER motivo y no tienen que darte ni siquiera una razón. Incluso a los ciudadanos estadounidenses se les puede negar la entrada. Por ejemplo, a Vin Diesel, un famoso actor estadounidense, se le negó recientemente la entrada en Estados Unidos, a pesar de ser ciudadano estadounidense. Es sólo uno de los miles de ciudadanos estadounidenses a los que se les niega arbitrariamente la entrada en Estados Unidos. El Tribunal Supremo ha dictaminado en repetidas ocasiones que el Departamento de Estado puede denegar la entrada a cualquiera (incluidos los ciudadanos estadounidenses) para cualquier razón "a voluntad". Véase United States v. Flores-Montano, 541 U.S. 149. A los ciudadanos estadounidenses se les niega la entrada en la frontera mexicana de forma rutinaria sólo por estar borrachos, o por cualquier número de razones. Si a un agente fronterizo no le gusta tu olor corporal, puede negarte la entrada.
La "expedición de visados" no es realmente pertinente aquí, ya que normalmente los ciudadanos del Reino Unido pueden viajar bajo el Programa de Exención de Visado y no necesitan solicitar un visado. Sería útil que explicara cómo afecta esto al asunto. Además, dado que hay mucha confusión sobre lo que hace y dice realmente la orden, ¿podría añadir referencias para sus afirmaciones? Ayudaría incluir fechas ya que, debido a las acciones legales en curso, hay razones para creer que la situación puede cambiar rápidamente.
En particular, no sé de dónde sacas la aplicabilidad a las personas "originarias" de un país. El texto de la orden ejecutiva En la sección 3 (c), se refiere simplemente a los extranjeros "de" esos países. No me queda claro qué significa eso; ¿conocen ustedes alguna aclaración oficial al respecto y pueden indicárnosla?
@NateEldredge La orden restringe a los "nacionales" de los INA (países de interés). Dado que el PO nació en Yemen, se presume que es de nacionalidad yemení. El hecho de que tenga un pasaporte del Reino Unido simplemente lo convierte en una persona con doble nacionalidad, no le quita la nacionalidad yemení. Tendría que tener pruebas de que su ciudadanía yemení fue revocada para convencer a un funcionario de visados de lo contrario.
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¿Tienes la edad suficiente para que fuera Adén cuando naciste?
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Fue como Aden ....así que ya soy mayor :,-(
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Ya he viajado muchas veces a Estados Unidos con el VWP. No he tenido problemas para entrar en los Estados Unidos. Sólo me preocupan los futuros viajes con la nueva orden ejecutiva (no quiero pagar los vuelos y que me echen, lo que también podría afectar a futuros viajes a EE.UU.).
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Nacido en un territorio británico de padres británicos; la próxima renovación, pide al gobierno del Reino Unido que lo cambie a Protectorado Británico de Adén. Puedo garantizar que NADIE en el CBP sabrá lo que significa. Y lo que ahora es Yemen no confiere la ciudadanía por haber nacido en el país.
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¿Qué dice su pasaporte en cuanto al lugar donde nació? ¿Dice algo así como británico de ultramar o YEMEN? Sólo por curiosidad, ya que no sé qué pondría el Reino Unido cuando uno de sus antiguos territorios es independiente