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Un funcionario de inmigración ha estampado "Permiso indefinido de entrada en el Reino Unido" en el pasaporte estadounidense de un ciudadano de la UE. ¿Cómo solucionarlo?

En Heathrow ayer un ciudadano sueco-estadounidense con doble nacionalidad presentó su pasaporte estadounidense a inmigración, ya que había olvidado el sueco en casa.

Se puso en la cola de los no pertenecientes al EEE y al principio le entrevistaron como a un ciudadano no perteneciente al EEE, pero entonces el funcionario le preguntó si tenía alguna otra nacionalidad, a lo que él respondió que también era sueco pero que había olvidado su pasaporte sueco en casa.

El agente le preguntó si tenía alguna prueba de su nacionalidad sueca, y encontró (en su bolso) su partida de nacimiento de Suecia firmada y sellada en inglés, que no contiene fotografía, pero en la que consta que su nacionalidad es sueca.

Al parecer, esto satisfizo al funcionario, por lo que selló su pasaporte estadounidense, con el sello de permiso que decía " Autorización indefinida de entrada en el Reino Unido " ( ejemplo más abajo):

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con una anotación manuscrita que dice " sea también nacional del EEE ".

He leído en una guía del Reino Unido que los sellos de "permiso de entrada indefinido" ya no se utilizan oficialmente en los puertos de entrada, pues han sido sustituidos por etiquetas de visado obtenidas por adelantado.

Por eso me pregunto: ¿era éste el procedimiento correcto para tratar a un ciudadano del EEE sin pasaporte del EEE?

En caso negativo, ¿qué se le debería haber dado en su lugar? Y en el improbable caso de una inspección policial o de inmigración, ¿estaría bien con lo que tiene?

Nota: la imagen es una ejemplo de cómo es el sello que recibió el viajero. Esto ocurrió el 1 de febrero de 2017, y ahora estará en el Reino Unido durante 4 semanas.

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Los comentarios no son para extender la discusión; esta conversación ha sido movido al chat .

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Roddy Puntos 32503

Un ciudadano con doble nacionalidad (estadounidense y sueca) pasó los controles de inmigración del Reino Unido con su pasaporte estadounidense. Tras una breve entrevista en tierra, la OI expidió Permiso de residencia indefinido junto con una nota manuscrita en la que se indicaba que el titular tenía doble nacionalidad.

Ha sido un error de la OI. A veces ocurre; lo he visto personalmente unas dos veces, una en Londres y otra en Moscú, que afectó a unas 200 personas. También hubo dos casos de corrupción: un caso en el que una IO estaba vendiendo sellos de ILR en Heathrow porque tenía deudas; y otra IO en Dover también mujer con los mismos problemas personales. La corrupción no se aplica en este caso supuestamente .

El ILR da a su titular acceso inmediato a una vivienda pública y a tratamiento gratuito en el Servicio Nacional de Salud, además de todos los demás beneficios del Estado del bienestar. Se trata de un grave error que, aunque no es culpa de la persona, debe corregirse.

¿Podría escribir una respuesta? [ ] rectangular, "personalizado" en contraposición a la predeterminada de texto sin formato 6 meses de 6 meses)

Es incorrecto porque su pasaporte estadounidense tiene un documento erróneo que abre la puerta a nuevos abusos. Además, un pasaporte nunca debe admitir varias nacionalidades sin el consentimiento del titular. Piénselo. Tendrá que responder a preguntas al respecto cada vez que lo vean. También es incorrecto porque la Fuerza de Fronteras tiene a la persona equivocada en un punto de control primario. Presentando un pasaporte de EE.UU. se suponía que debía obtener el sello estándar de permiso de entrada. Así...

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Si hubiera presentado su pasaporte sueco entonces la respuesta de Henning Makholm se aplicaría. Y aunque está bien desde el punto de vista de la libertad de circulación, no tiene derecho a la residencia permanente en el Reino Unido. Los ciudadanos de la UE adquieren la residencia permanente a través de un procedimiento diferente. Las respuestas que se centran en la libertad de circulación no han entendido nada. No hay ninguna ocasión para que una OI aplique las normas de la UE en un pasaporte estadounidense.

y con quién puede ponerse en contacto para solucionarlo,

La próxima vez que esté en el aire, debería preguntar por el CIO de guardia y explicarle lo sucedido. El CIO sabrá qué hacer. inmediatamente cuando vea el sello. Le darán (muy probablemente) un compromiso de que no ha utilizado fondos públicos y (con toda seguridad) revocarán el sello sin perjuicio alguno. Es un trámite (investigarán y probablemente pondrán banderas de stop a las otras que admitió la OI). No lo arreglarán desde el lado de la tierra por un montón de razones fuera del alcance aquí.

He leído en una guía del Reino Unido que los sellos de "permiso de entrada indefinido" son oficialmente ya no se utilizan en los puertos de entrada. sustituidos por etiquetas de visado obtenidas con antelación.

Corrupción. El inspector jefe se enfada mucho por ello. El público británico se enfada por ello. Los altos mandos de la Fuerza de Fronteras se enfadan por ello. ¿Puedes culparles?


Pediste esta respuesta y la has obtenido. Henning invitado eso. Como ya he señalado, la libertad de circulación es una pista falsa.

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¡Ya veo! Mencionaste que debería haber recibido un aterrizaje codificado. Si lo he entendido bien, esto se utiliza para señalar alguna circunstancia especial. ¿Qué código debería haberse aplicado y para qué habría servido?

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LOL, amigo, hiciste tu pregunta y obtuviste tu respuesta. Eres un usuario establecido en el umbral de usuario de confianza y sabes cómo funciona el sistema :)

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Gracias por publicar esta respuesta. Tengo un par de preguntas: (1) ¿por qué siguen emitiendo sellos de "permiso de entrada indefinido" a los OI si se supone que los sellos no están en uso? (2) El sello dice "entrar" pero tú escribes sobre "permiso de residencia indefinido": ¿es realmente lo mismo?

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RKitson Puntos 1502

Parece que el IO fue más allá, con un servicio mejor de lo que el viajero podría haber esperado racionalmente de antemano, pero no veo nada equivocado sobre el resultado.

Los derechos de libre circulación de la UE/EEE se aplican a un persona no a un pasaporte concreto.

Una vez que la OI se convenció de que el viajero era efectivamente ciudadano de la UE, puede que no le fuera legal conceder un por tiempo limitado permiso para entrar, en ausencia de una razón definitiva para hacerlo. (Pero eso son sólo especulaciones).

La Directiva sobre libertad de circulación contempla explícitamente que los ciudadanos de la Unión puedan llegar sin su pasaporte habilitante:

Artículo 5, sección 4 . Cuando un ciudadano de la Unión, o un miembro de su familia que no sea no disponga de los documentos de viaje o, en su caso, de los visados necesarios, el Estado miembro miembro de que se trate, antes de proceder a su expulsión, dará a estas personas todas las de obtener los documentos necesarios o de hacérselos llegar en un plazo razonable. o corroborar o probar por otros medios que están amparados por el derecho de libre circulación y residencia.

La parte en negrita es lo que se invitó a hacer al viajero en este caso, y lo que hizo con éxito.

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@GayotFow: La forma particular del sello puede o no cumplir con los procedimientos internos de UKVI; no lo sabría. Pero no veo cómo eso es el del viajero su libertad de circulación no depende de ninguna documentación en particular, por lo que, una vez dentro, estará legalmente presente, sea cual sea el sello. En el peor de los casos, puede que tenga que establecer ese derecho ab initio si se encuentra con un control policial y a la policía no le convence el sello del pasaporte, pero eso es una cuestión práctica, no algo que deba meterle en problemas legales duraderos.

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(¿O estás diciendo que el sello es tan erróneo que se asumiría como falso?)

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Aunque la Directiva sobre la libertad de circulación no dice nada sobre el sellado de pasaportes de nacionales de la UE, sí dice que los agentes de fronteras no sellarán los pasaportes de los miembros de la familia que viajen con una tarjeta de residencia del artículo 10. Esto parece implicar la existencia de una prohibición de sellar pasaportes de nacionales de la UE. Esto parece implicar la existencia de una prohibición de sellar también los pasaportes de los nacionales de la UE, tanto si es explícita en otro lugar como si es puramente implícita o supuesta.

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