He estado exactamente en esta situación.
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No hay restricciones oficiales (véase más abajo), pero es posible que le hagan preguntas adicionales. Mientras no te denieguen la entrada por haber estado demasiado tiempo en EE.UU. (y parece que no es así), no es una denegación "mala" como si fueras un delincuente y te denegaran la entrada.
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No he podido encontrar ninguna información al respecto, pero he tenido amigos a los que se les denegó la entrada en el TN-1 (o se olvidaron de devolver su tarjeta TN-1 al salir) que todavía son interrogados al respecto 10 años después.
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No, no es necesario, pero cada agente fronterizo es diferente. Oficialmente, si vas por un periodo corto de tiempo por negocios, a nadie le importa: siempre que expliques que es para reuniones, que no se va a trabajar allí, etc. Pero, de nuevo, las normas "oficiales" están sujetas al capricho del agente fronterizo. La clave está en demostrar que no hay trabajo se llevará a cabo, de lo contrario entra en los requisitos para un TN-1.
El visado de no inmigrante profesional del TLCAN (TN) permite a los ciudadanos de Canadá y México, en calidad de profesionales del TLCAN, trabajar en Estados Unidos en actividades empresariales preestablecidas para empleadores estadounidenses o extranjeros ( http://travel.state.gov/content/visas/english/employment/nafta.html )
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No debería, ya que no se trata de una denegación de entrada "real" de ningún tipo relacionada con la delincuencia. Los agentes fronterizos de Ottawa fueron muy claros al respecto.
http://www.tnvisabulletin.com/nafta-tn-blog/2010/5/4/entry-as-a-visitor-allowed-after-tn-visa-denial.html
Las secciones más relevantes están aquí:
Por ejemplo, si el inspector denegara la solicitud de TN por acumulación de presencia ilegal en virtud del artículo 212 (a) (9) de la INA, ello podría dar lugar a una prohibición de 3/10 años de permanencia en los EE.UU. Los infractores graves de las normas de inmigración pueden ser expulsados de forma acelerada de los EE.UU., lo que da lugar a una prohibición de 5 años de permanencia en los EE.UU, Si el inspector de fronteras deniega la solicitud por fraude en virtud del artículo 212 (a) (6) de la INA, la expulsión será de por vida.
(Eso no parece aplicarse a ti).
Si el inspector deniega la solicitud de visado TN porque considera que el solicitante no cumple los requisitos básicos para el TN, la denegación (generalmente emitida en virtud del artículo 212 (a) (7) (A) (i) (I) de la INA) no suele dar lugar a una prohibición específica de entrada en los EE.UU. Sin embargo, la denegación suele dar lugar a un mayor escrutinio la próxima vez que la persona solicite la admisión en los EE.UU.
(Esto parece relevante)