Desafortunadamente la respuesta a esta pregunta no está completamente clara.
Según mi lectura de la legislación actual de Schengen, no hay ningún requisito de que dejes el área de Schengen mientras pasas de la visa C a la D.
Es común y bien conocido que uno puede permanecer dentro del área Schengen mientras hace la transición entre dos visas C consecutivas. Por ejemplo, cuando alguien planea estar en el área Schengen el día en que expire un visado de entradas múltiples ya emitido y solicita un visado para cubrir el resto de esa visita. Parece que no hay nada en las normas que implique que la transición entre los visados C y D se deba manejar de forma diferente.
La razón por la que no llamo a esto completamente claro es que hemos recibido preguntas sobre una situación similar, a saber, un nacional sin visado que quiere continuar una larga estancia con un visado D como una corta estancia sin visado en el mismo u otro estado de Schengen. En ese caso, las reglas tampoco parecen requerir una "carrera de visados", pero sin embargo tenemos informes anecdóticos de gente a la que los guardias de fronteras, la policía y similares le han dicho por adelantado que se necesita una carrera de visados.
No creo que tengamos ningún informe de personas metiéndose en problemas al no hacer un recorrido de visado en una frontera libre de visados D, sin embargo.
Tampoco hemos visto, que yo recuerde, a nadie que intente respaldar la necesidad de un visado con referencias reales al texto de las regulaciones de Schengen.
La situación de exención de visado D difiere de la suya en que se puede argumentar que el viajero necesita un sello de entrada que muestre cuándo comenzó a correr el reloj de 90/180 días que rige su estancia sin visado, y la forma de obtener un sello de entrada es salir y entrar en la zona Schengen. Esto no se aplica a usted porque la regla de 90/180 no se aplica a usted mientras esté en Alemania con un visado D. (Se aplica si usted visita los países de Schengen que no sean Alemania durante la validez del visado D). Así que el argumento de que usted la necesidad de hacer un trámite de visado es más débil.
Haz de todo eso lo que quieras. Personalmente en tu lugar, no me molestaría en hacer una carrera de visados, pero depende de lo reacio que seas a los riesgos. Después de todo, si te metes en problemas, "una persona al azar en Internet dijo que estaría bien" no es de mucha ayuda.
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¿Qué quiere decir exactamente? Sólo hay 28 días en febrero.
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¿Es necesario "sellar" el 28 de febrero para que la D pueda comenzar oficial y legalmente el 1 de marzo?
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Los visados D de @pnuts también autorizan la presencia en todo el espacio Schengen.
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Tienes dos respuestas que dan una visión completa y redonda sobre tu pregunta. He votado ambas. Puedes seleccionar la respuesta que más te satisfaga con el indicador de marca de verificación. Gracias.