Esta respuesta presupone que es usted titular de la tarjeta de residencia del artículo 10 o del artículo 20.
Como titular de una tarjeta de residencia en virtud del artículo 10 o 20 del directiva 2004/38 conocida como "Directiva de Libre Circulación", usted es efectivamente libre de viajar a cualquier país miembro del EEE siempre que le acompañe un miembro de su familia del EEE, en este caso su esposa, y lleve consigo los documentos adecuados. Lo que necesita llevar es prueba de que tiene derecho de admisión según la legislación de la UE lo que significa que debes llevar contigo:
- su tarjeta de residencia
- su pasaporte
- prueba de sus vínculos con un nacional del EEE con el que viaja, en su caso será un certificado de matrimonio
También vale la pena añadir que puede viajar sin estar acompañado por un familiar del EEE siempre que pueda aportar pruebas de que esta persona ya se encuentra legalmente en el Reino Unido.
Para aclarar también algunas de sus preocupaciones, la policía no suele intervenir en asuntos de inmigración, sino la seguridad fronteriza. Y si creen que hay algo que no está bien, pueden detenerte e interrogarte para aclarar cualquier cosa que les parezca sospechosa. Por eso también es mejor solicitar el permiso familiar bien antes de viajar, ya que la aplicación no cuesta nada y reduce la posibilidad de que eso ocurra.
Con un poco de suerte, tu permiso familiar llegará antes de tu partida, pero si no es así, mientras tu situación sea genuina y lleves los documentos requeridos, no deberías tener ningún problema en la frontera.