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¿Tendré problemas para obtener un visado B1/B2 después de haber rebasado mi ESTA en 1 día?

Entonces, me quedé más de la cuenta por casualidad 1 día con el ESTA en 2014. Volví a EE.UU. con el ESTA en 2015, pero a la entrada me informaron de que me había quedado más de lo previsto, cosa que yo ignoraba. No tuve que pagar la multa de 600$ y me dejaron entrar en el país.Supongo que ya no puedo viajar con ESTA.

¿Alguien ha tenido una experiencia similar?

Quiero volver ahora con un visado B2 para una visita corta. ¿Tendré problemas para conseguirlo? Mi marido es ciudadano estadounidense, pero supongo que eso no cambia mucho las cosas.

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Hmm ... parece que de acuerdo con las normas que debe se les ha denegado la entrada en 2015. En el sello de entrada de su pasaporte de 2015, ¿dice que fue "admitido" o "en libertad condicional"?

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Antes del vuelo de 2015 comprobé el estado de mi ESTA y no ponía nada de que estuviera caducado o cancelado. El sello dice Admitido. Pero la clase es diferente de los sellos anteriores ya que veo que ahora dice "B2" y el tiempo hasta la validez se da seis meses...y luego hay una nota añadida como "I 193 No Fee". Entonces, ¿no me autorizaron a través del ESTA sino que me dieron un visado B2 por 1/2 año?

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Cada vez más curioso: I-193 es supuestamente "para un extraterrestre que sea residente legal en Estados Unidos volver a entrar en Estados Unidos sin el pasaporte y/o visado del extranjero".

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Biblioclasta Puntos 391

Nadie sabe si puede o no tener problemas por sobrepasar en un día su ESTA cuando va a solicitar un visado. Según la ley, no puede volver a utilizar el ESTA.

Por lo que comentas en el chat, parece ser que en el aeropuerto te dieron un visado gratuito/gratuito para entrar mediante un I-193. Eso es muy inusual ya que das a entender que no eres residente legal en EE.UU. y I-193's son:

Para un extranjero que es residente legal de los Estados Unidos reingresar Estados Unidos sin su pasaporte y/o visado.

El exceso de estancia de un día no conlleva una prohibición por INA § 212(a)(9)(B) y / o hacerle inadmisible.

En virtud de la sección 212(a)(9)(B) de la Ley, un extranjero es inadmisible si extranjero ha acumulado un período específico de presencia ilegal, sale de los Estados Unidos después de acumular la presencia ilegal, y luego busca durante el período especificado en (3 años o 10 años después de la salida, según el país). después de la salida, dependiendo de la duración del inciso i) de la sección 212(a)(9)(B) de la presencia irregular acumulada).

¿Es una mancha negra contra ti? Por supuesto. El funcionario consular puede decidir ignorarlo o utilizarlo para denegarle el visado a su discreción.

Normalmente, el hecho de que tu marido sea ciudadano estadounidense hace que sea menos probable que consigas un visado de no inmigrante, a menos que demuestres que vivís juntos fuera de EE.UU. y que no tienes ninguna intención de inmigrar . Parece que tiene un inusual caso/perfil y haber superado previamente ese reto/descalificador. Sigue adelante y solicita el visado B2 y actualiza tu pregunta con el resultado.

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Ya que esto apareció como activo, sólo señalaré que el título del formulario I-193 es engañoso; es una solicitud de exención tanto para inmigrantes como para no inmigrantes. Si se fijan en el propio formulario, la referencia 212(d)(4) es la que se aplica a los no inmigrantes y en la línea inferior se pregunta por la clase de no inmigrante en la que se admite al solicitante. Tenga en cuenta que el 212(d)(4) sólo se aplica en circunstancias "imprevistas", por lo que el OP necesitará sin duda un visado la próxima vez.

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