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Visados para Estados Unidos: O y P

Unos jóvenes músicos semiprofesionales están planeando una gira que podría incluir algunas fechas en Estados Unidos. Llamé a la CBP y me aseguraron que un estatus O o P, que se puede obtener en la frontera, sería lo adecuado. Además, el estatus O les permitiría llevar su "mercancía" -camisetas, CDs, etc.- que venden en los espectáculos.

Algunos puntos sobre estos compañeros:

  • No son famosos en todo el mundo, ni siquiera en Canadá, aunque uno de ellos tenga 50.000 seguidores en Twitter. No estamos hablando de Justin Bieber
  • son todos ciudadanos canadienses
  • nunca tienen contratos por escrito con los locales, y a menudo ni siquiera hay un rastro de correo electrónico, aunque creo que "puedes enviarme eso por correo electrónico, necesito una prueba para la frontera" funcionaría
  • 2 de los 3 actúan con nombres artísticos que no figuran en sus pasaportes

Le conté todo esto a la persona que me atendió por teléfono y estaba seguro de que O era justo lo que necesitaban. Me dijo: "Les envío un enlace, pero no se preocupen por lo que dice sobre la solicitud. Simplemente pueden solicitar la condición O en la frontera". Bueno la página sobre el O-1 en el sitio del USCIS es aterrador. Parece que hay que ser Justin o Celine para calificar.

Sé que podrían colarse y decir que eran amigos de visita. Sé que podrían organizar el envío de su mercancía a sus locales. Quiero que lo hagan bien y si cumplen los requisitos para ser admitidos correctamente, eso es lo que deben hacer. Es lo que hacen los adultos. Pero si reservan todas esas fechas, llegan a la frontera con un baúl lleno de mercancía y se les rechaza y se ríen de ellos por pensar que podrían ser admitidos, o peor aún, reciben una nota en sus expedientes para que ninguno de ellos pueda visitarlos en el futuro, es un resultado bastante malo.

¿Cómo de extraordinario hay que ser para poder optar a la O? Si sólo es "lo suficientemente extraordinario como para ser invitado por un local de Estados Unidos a actuar", entonces está bien.

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Sven Puntos 7277

Al final, el grupo en su conjunto no hizo una gira por Estados Unidos. Sin embargo, el que tenía 50.000 seguidores fue invitado a unirse a la gira de otra persona, se compró un billete de avión, se hizo algún tipo de papeleo y aun así fue rechazado en la frontera y no se le permitió entrar. Por lo visto, aunque no te paguen, si actúas en un contexto en el que la gente paga por ver el espectáculo (por ejemplo, un bar con entrada, ciertamente un concierto) necesitas un papeleo serio, y no puedes reunirlo tú mismo, lo tiene que reunir la gente que te invita.

Así que absolutamente NO escuches el consejo del CBP que me dieron por teléfono y simplemente preséntate en la frontera pidiendo una O o una P. Y si sólo eres semiprofesional, asume que no podrás conseguir el visado que quieres hasta que alguien se preocupe lo suficiente como para hacer un montón de papeleo en tu nombre.

Actualización: el que fue rechazado ha tenido desde entonces dos exitosas giras por Estados Unidos. (Ahora tiene 120.000 seguidores.) La clave fue una organización llamada FMA que ayuda a los músicos a conseguir visados. Supongo que algún organizador le habrá hablado de ella. Encontré una página que explica cómo funciona. Este es el camino a seguir si estás en esta situación.

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TheCottonSilk Puntos 364

En primer lugar: IANAL

Llamé al CBP y me aseguraron con confianza que un estatus O o P -- Sugeriría que todas las preguntas de este tipo se dirijan a un abogado de inmigración especializado en este tipo de visados.

Dicho esto.

Acabo de pasar por la sesión de recopilación de información para los amigos nuestros que son patinadores para un visado P y hay varios criterios que uno tiene que cumplir absolutamente:

  1. Tienen que estar juntos durante al menos 1 año
  2. Deben tener pruebas verificables de su capacidad, como por ejemplo: artículos en publicaciones acreditadas sobre sus logros, diplomas, etc.
  3. Dado que algunos de ellos actúan con un nombre artístico, hay que establecer un vínculo entre el nombre artístico y el real.
  4. Tanto el visado O como el P son visados de trabajo, por lo que un "agente", que es un empleador o una persona que los contrata para un trabajo, tendrá que aportar pruebas de que va a trabajar durante su estancia en el país y de lo que va a hacer.

Esto es para el visado P. El visado O por lo que me ha dicho el mismo abogado necesitarás ser un Justin Bieber o Celine Dion si hablamos de los músicos, o un ganador de la Copa del Mundo/Juegos Olímpicos si hablamos de los deportistas.

Y una última cosa. No creo que las reglas sean diferentes para los ciudadanos canadienses, pero para todos los demás el control fronterizo no puede emitir visados O o P, esto sólo puede hacerlo un trabajador consular con información del USCIS.

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