La respuesta de Dirty-flow no está realmente equivocada, sin embargo, quiero corroborarla un poco. Citando a fahrrad-recht.de :
Es bueno saberlo: Una conducción en estado de ebriedad (§ 316 StGB) puede ser cometida no sólo con vehículos de motor, sino en principio también con la bicicleta!
La conducción en estado de embriaguez siempre está presente cuando la bicicleta ya no puede ser guiada con seguridad. No hay un límite de alcohol fijo aquí. Si el ciclista se ha hecho visible en la carretera, el límite del 0,5 por mil aplicable a los vehículos de motor a partir de los cuales se ha cometido una infracción también puede aplicarse a los ciclistas; si el ciclista ha causado incluso un accidente, el límite del 0,3 por mil también es decisivo en este caso, como en el caso de los vehículos de motor. El Tribunal Federal de Justicia ha establecido un límite absoluto de 1,7 por mil para los ciclistas (para los vehículos de motor: 1,1 por mil). Sin embargo, algunos tribunales ya han permitido que el 1,5 por mil sea suficiente para la absoluta incapacidad de conducir.
Si la incapacidad de conducir la bicicleta de forma segura pone en peligro la vida o la integridad física de otra persona o bienes de algún valor, puede incluso ser condenado por poner en peligro el tráfico rodado, § 315c StGB.
La traducción es más o menos (sólo las partes importantes):
Conducir bajo la influencia del alcohol está generalmente prohibido, si ya no puedes participar con seguridad en el tráfico. No hay un límite concreto de alcohol para eso. Si es claramente obvio que un ciclista no debe participar en el tráfico, el límite de 0,5 también puede ser usado para los ciclistas. Si el ciclista ha causado un accidente, es incluso posible utilizar un límite de 0,3. A partir de 1,7, es ilegal en todos los casos. Algunos tribunales también han utilizado un umbral de 1,5.