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El cuñado ha recibido dos veces la denegación de un visado de EE.UU. en virtud del 214b. Necesita visitar a su padre gravemente enfermo

A mi cuñado le han denegado dos veces el visado de EE.UU. por el 214b. Necesita visitar a su padre, que está gravemente enfermo (cirugía cerebral) y lleva más de 40 días en la UCI. Solicitó un visado después de 30 días durante estos momentos difíciles.

¿Cuáles deberían ser los siguientes pasos?

  1. El cuñado no está casado, no tiene un buen trabajo, pero tiene algunas propiedades.
  2. Tiene una carta del hospital.

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¿De qué nacionalidad es el cuñado? También podría ayudar saber la situación de inmigración del padre en los Estados Unidos.

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Desde la India recibí notificaciones sobre esto justo ahora, lo siento por el retraso en la respuesta

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Biblioclasta Puntos 391

Libertad condicional humanitaria o de utilidad pública significativa para personas que se encuentran fuera de Estados Unidos

Las personas que se encuentran fuera de Estados Unidos pueden solicitar la libertad condicional en Estados Unidos por motivos humanitarios o razones importantes de beneficio público.

Paso 1: Presentación de la solicitud de libertad condicional

El peticionario presenta lo siguiente en la caja de seguridad del USCIS en Dallas:

Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje

Formulario I-134, Declaración jurada de apoyo (PDF, 461 KB)

Documentación de apoyo

La tasa de presentación (o el formulario> I-912, Solicitud de exención de tasas)

El Lockbox envía la solicitud de libertad condicional a USCIS International Operations (USCIS-IO) en Washington, D.C.

Paso 2: USCIS revisa la solicitud de urgencia (Triage)

Paso 3: El funcionario del USCIS toma una decisión

Paso 4: El supervisor revisa la decisión

Paso 5: El USCIS notifica la decisión

Paso 6: Emisión de documentos de viaje y libertad condicional en Estados Unidos (Sólo para aprobaciones)

Si se autoriza una solicitud, el aviso de aprobación informará al beneficiario que debe rellenar el formulario DS-160, Solicitud de para un visado de no inmigrante, y presentarse a una cita con la sección consular del Departamento de Estado para verificar su identidad y para verificar su identidad y recoger datos biométricos para una investigación de seguridad adicional. Todos los beneficiarios mayores de 14 años deben presentar sus datos biométricos. Si no se identifica ninguna información derogatoria o nueva información de identidad se identifica durante la investigación, el Consulado de EE.UU. emite un documento denominado hoja de embarque que permite al beneficiario viajar a los Estados Unidos en un plazo de 30 días de su expedición. La emisión de la tarjeta de embarque no garantiza garantiza la libertad condicional, sino que permite al beneficiario pasar al paso 7 a continuación.

> Paso 7: La Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP) permite la entrada en Estados Unidos Estados Unidos (sólo para aprobaciones)

Un agente del CBP inspecciona al beneficiario en el puerto de entrada. Si el CBP libertad condicional del beneficiario, el CBP emitirá al beneficiario de la libertad condicional un I-94, Registro de llegada/salida, que documenta la duración de su libertad condicional de su libertad condicional. El período de libertad condicional comienza cuando el CBP le otorga la libertad condicional al beneficiario en en el puerto de entrada. Después de llegar a los Estados Unidos, el beneficiario de la libertad condicional puede solicitar el formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Autorización de empleo.

Si está representado, debe incluir un formulario G-28, Aviso de comparecencia como abogado o representante, para que USCIS se comunique con su abogado o representante. comunicarse con su abogado o representante.

Presentación de pruebas

El peticionario debe demostrar, a través de la solicitud de libertad condicional y el apoyo que el beneficiario cumple los requisitos para obtener la libertad condicional y merece un ejercicio favorable de la discrecionalidad. La presentación de todas las pruebas pruebas pertinentes evitará retrasos. Un funcionario del USCIS puede emitir una solicitud de de pruebas (RFE) para solicitar información adicional. Además del formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, el Formulario I-134, Declaración Jurada de Apoyo (PDF, 461 KB), y la tasa de presentación o la solicitud de exención de tasas, el peticionario debe presentar las siguientes pruebas para apoyar su solicitud de libertad condicional:

Explicación detallada de las razones por las que el peticionario solicita la libertad condicional;

Explicación detallada de la duración del beneficiario necesita la libertad condicional;

Explicación detallada de las razones por las que el beneficiario no puede obtener un visado de no inmigrante o inmigrante en los Estados Unidos. de no inmigrante o de inmigrante por parte del Departamento de Estado de EE.UU. incluyendo:

-Cuándo y dónde intentó el beneficiario obtener visados, si procede; -Si la solicitud de visado fue denegada, incluya una copia de la carta de denegación; y -Si procede, una explicación detallada de las razones por las que el beneficiario no puede obtener ninguna exención de inadmisibilidad requerida y una copia de la carta de denegación recibida.

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