Tengo una tarjeta SIM de un país de la UE y he viajado a otro. Fue después de 2017-06-15, así que debería disfrutar de las nuevas normas de "roaming como en casa". Hice una llamada a un país no perteneciente a la UE y esperaba que me cobraran como en casa. Pero no, me cobraron 40 veces más.
Parece una violación de la normativa de la UE, pero mi operador se niega a devolverme el dinero. Tiene razón al hacerlo?
Detalles:
Compré una SIM de prepago de Tesco Mobile en Irlanda, luego viajé unos días a los Países Bajos, donde hice una llamada a un móvil israelí, de 4 minutos, por la que me cobraron 16 euros.
Esperaba que me cobraran 10 céntimos/minuto, basándome en este correo que recibí de mi proveedor:
A partir del 15 de junio de 2017, puedes utilizar tu Tes la UE como si estuvieras en Irlanda. Esto significa que pagará las mismas tarifas estándar que pagaría en casa cuando viaje dentro de la UE.
Y basándose en su lista de precios que dice que una llamada a un teléfono móvil israelí cuesta 0,10 euros/minuto.
Sin embargo, según Sitio web de Tesco Mobile (el subrayado es mío):
Desde el 15 de junio de 2017, puedes utilizar Tesco Mobile Prepay dentro de la UE igual que lo harías en tu país, Irlanda*. Esto significa que si viajas dentro de la UE y quieres t de la UE o utilizar datos pagarás el mismo precio que en Irlanda.
Así que una llamada a Israel, que no está en la UE, no está cubierta.
Pero Tesco Mobile no hace las reglas. Las hace la UE. El sitio de la UE dice:
Se beneficiará de estas normas al llamar (a teléfonos móviles y fijos móviles y fijos) en el extranjero. Pagará exactamente el mismo precio por utilizar estos servicios cuando en la UE que si estuviera en su país.
Página de preguntas frecuentes no dice nada de limitarlo sólo a las llamadas cuyo destino esté dentro de la UE.
Pero, como último giro, la propia resolución de la UE escrito en lenguaje jurídico, menciona regulated roaming services for voice calls and SMS messages originating and terminating within the Union
- Entonces, ¿quizás Tesco Mobile sí tiene derecho a cobrarme lo que quiera?
El principio de "itinerancia como en casa" tenía como objetivo evitar las facturas exorbitantes, pero a mí me pasó lo mismo (en realidad, el equivalente en prepago: una sola llamada eliminó mi saldo). ¿Puedo impugnar este cargo?
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El reglamento, única fuente legal para todo esto, parece claramente destinado no para cubrir esta situación (véase también la definición y el uso de la expresión "itinerancia en toda la Unión"). Así que parece que, material informativo aparte, la legislación de la UE permite a tu proveedor cobrarte más y no te será de mucha ayuda. ¿Quizá tengas algún recurso al amparo de la legislación local que protege a los consumidores contra la publicidad engañosa?
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@Relaxed, Parece que la propia UE está haciendo publicidad engañosa. O como si los de RRPP no entendieran la ley sobre la que escriben.
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Sí, me he dado cuenta, pero eso no te ayuda mucho. Por otra parte, el operador que proporciona información errónea sobre sus propias prácticas de facturación podría.
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Las llamadas internacionales se analizaron y excluyeron específicamente en 2013, cuando esta normativa estaba en pañales, por lo que no se contabilizan como "llamadas en itinerancia reguladas".