Obviamente es demasiado tarde para este cartel, pero aquí hay algunos detalles:
Obtener un pasaporte
Suponiendo que seas estadounidense, pide una cita con el agencia local de pasaportes y aclare sus planes de viaje: explique que necesita su pasaporte cuanto antes para poder tramitar el visado a tiempo. En su página web te aclararán los documentos justificativos que necesitas.
Obtener un visado
Normalmente, su programa de intercambio le ayudaría a resolverlo.
Austria distingue entre las personas que pretenden quedarse menos de seis meses y las que se quedan más tiempo. Para las estancias inferiores a seis meses se exige un visado, como se hizo en este caso, este debe hacerse desde fuera de Austria, excepto cuando el caso sea una excepción definida .
Ya que no puedes comunicarte con la embajada, yo intentaría llamar a la línea de atención telefónica al +43 1 531 26 3557 de 8a-12p CET para obtener más información sobre si puedes ser reconocido como una excepción o cuál sería el mejor proceso.
Como alternativa, si te quedas más tiempo
Si realmente piensas quedarte más de seis meses, los estadounidenses, en circunstancias normales, no necesitan visado para entrar en Austria, pero sí necesitan un motivo legal para quedarse allí durante un tiempo prolongado: un permiso de residencia. Yo soy estadounidense y me matriculé directamente en la universidad en Austria. Puedes presentarte con el proceso habitual de exención de visado que haría cualquier turista y luego solicitar un permiso de residencia. Tienes que solicitar el permiso antes de que se acabe el tiempo de exención de visado para turistas. Si solicitas el permiso antes de que termine el tiempo de exención de visado, pero la tramitación no se ha completado al cumplirse los 90 días, puedes quedarte en Austria, pero no puedes viajar a otros países Schengen hasta que recibas tu tarjeta de residencia. (Aunque no hay fronteras, por lo que la aplicación de la ley es mínima, yo no me arriesgaría a forzar esto). Aquí está el enlace en el sitio del gobierno :
Los siguientes grupos adicionales de personas pueden presentar su solicitud inicial en Alemania, aunque también en este caso la presentación de la solicitud no da derecho a superar la duración de la estancia sin visado permitida:
Además, los siguientes grupos de personas pueden hacer su solicitud inicial en el país, aunque esto no le permite superar la duración de la estancia sin visado permitida:
Los nacionales de terceros países que estén excluidos del ámbito de aplicación de la AuslBG en virtud del artículo 1, apartado 2, letra i o j, de la AuslBG o del artículo 1, nº 5, 7 o 9, de la AuslBVO, o que estén comprendidos en el artículo 1, nº 4, de la Personengruppenverordnung 2014 - PersGV 2014, BGBl. II nº 340/2013 [...] o que soliciten un permiso de residencia "estudiante", después de la entrada legal y durante su residencia legal
Los nacionales de terceros países que estén exceptuados del ámbito de aplicación de la AuslBG por el § 1 Abs 2 lit i o j de la AuslBG o por el § 1 Z 5, 7 o 9 de la AuslBVO o que estén comprendidos en el § 1 Z 4 Personengruppenverordnung 2014 - PersGV 2014, BGBl. II Nr. 340/2013, y que soliciten [...] un permiso de residencia de "Estudiante" tras su entrada y estancia legales.
Diviértete en el paraíso de los burócratas.
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A) ¿Qué tipo de visado/AG? b) ¿Válido hasta? c) ¿Es esta duración suficiente, o piensas obtener un permiso de larga duración más adelante? d) ¿Qué universidad/escuela? (aunque el nombre real no es realmente importante, es la forma más fácil de clasificarlo)
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@deviantfan Visado tipo D para válido del 20 de agosto al 23 de diciembre. El programa es IES Abroad
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Ok ... un poco complicado. Es de noche aquí, pero intentaré sacar algo de información del ministerio mañana. (Si se me olvida, no dudéis en recordármelo aquí...)
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... Lo he intentado, pero no he podido contactar con nadie :/ Lo intentaré más tarde...
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A menos que alguien más haya experimentado esta situación exacta, mi respuesta (poco útil) es probablemente lo mejor que se puede conseguir: Con la idea de que si me ponía en contacto con ellos sería más eficaz (más familiarizado con el terreno, las leyes, los procedimientos de la oficina y las funciones...), hice exactamente eso y me rechazaron: Al parecer, se niegan por completo a dar consejos genéricos para problemas de procedimiento como éste. Todo se discute exclusivamente con el solicitante. (Parece que tenías razón en que el consualte de NY es bastante rígido.) Tldr, tienes que luchar solo contra la burocracia, lo siento.
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En primer lugar, ¿tienes pruebas de que te han concedido el visado? Reúne todas las pruebas y dirígete a la embajada. Me temo que sólo ellos podrán ayudarte.