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Visado Schengen cuatro años- 90 días de estancia

Me han concedido un visado Schengen de entradas múltiples con una validez de 4 años y una duración de la estancia de 90 días. ¿Significa esto que sólo puedo permanecer 90 días en total durante un período de 4 años?

Viajaré al Espacio Schengen en septiembre durante 25 días, y después de unos dos meses volveré a viajar durante 30 días. Del mismo modo, viajaré al Espacio Schengen en el futuro en función de las reuniones de negocios.

¿Cómo puedo saber cuántos días quedan? ¿En qué se basan los cálculos? También, por favor, explique la regla "90/180".

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Durante estos 4 años, en cualquier periodo de 180 días, no puede permanecer más de 90 días.

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@gdrt esa es una respuesta; ¿podrías hacer la fuente y publicarla como tal?

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Para los que votan por el cierre: el duplicado propuesto no incluye suficiente información para que el autor de esta pregunta sepa que la regla 90/180 se aplica al visado descrito.

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phoog Puntos 2256

Para cualquier visado con una validez superior a seis meses, la duración de la estancia será de 90 días, pero significa que el portador del visado puede estar presente en el espacio Schengen sujeto a la regla de los 90/180 días. En otras palabras, su visado le autoriza a estar en el espacio Schengen hasta 90 días en un periodo de 180 días, con algunas condiciones adicionales.

Esto es explícito en el Código de visado Schengen :

Cuando un visado es válido por más de seis meses, la duración de las estancias es de 90 días en cualquier periodo de 180 días.

Este texto se encuentra al final del punto cuatro del Anexo VII. El anexo describe las normas de presentación de la etiqueta de visado, y el punto cuatro se refiere al elemento "duración de la estancia". Como referencia, y en apoyo de la afirmación de que todos los visados válidos por más de seis meses tendrán una duración de estancia de 90 días, aquí está todo el punto cuatro:

4.   Rúbrica "DURACIÓN DE LA VISITA ... DÍAS":

Este epígrafe indica el número de días durante los cuales el titular del visado puede permanecer en el territorio para el que es válido. Esta estancia puede ser continua o, según el número de días autorizados, repartida en varios períodos entre las fechas mencionadas en el epígrafe 2, teniendo en cuenta el número de entradas autorizadas en el epígrafe 3.

El número de días autorizados se escribe en el espacio en blanco entre "DURACIÓN DE LA VISITA" y "DÍAS", en forma de dos dígitos, el primero de los cuales es un cero si el número de días es inferior a 10.

El número máximo de días que puede introducirse en este apartado es de 90.

Cuando un visado es válido por más de seis meses, la duración de las estancias es de 90 días en cualquier periodo de 180 días.

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