Hay algunas cosas aquí.
La primera es la posible prohibición de la norma INA 212(a)(9)(B) si sale de Estados Unidos. En concreto, si acumula 180 días de "presencia ilegal" y luego sale de EE.UU., se le aplica una prohibición de 3 años, y si acumula 1 año de "presencia ilegal" y luego sale de EE.UU., se le aplica una prohibición de 10 años. Pero la definición de "presencia ilegal" es algo compleja. El mero hecho de estar fuera del país no hace que se empiece a acumular la "presencia ilegal". Por lo general, sólo se empieza a acumular automáticamente la "presencia ilegal" si se permanece más allá de la fecha que figura en el I-94. Si su I-94 no tiene fecha (por ejemplo, si dice "D/S") o si nunca recibió un I-94, entonces no empieza a acumular automáticamente "presencia ilegal", independientemente del tiempo que permanezca. Las únicas otras maneras de comenzar a acumular "presencia ilegal" son si usted solicitó al USCIS un beneficio y le fue negado por estar fuera de estatus, o si un juez de inmigración emitió una orden final en su contra en un procedimiento de expulsión; estoy asumiendo que ninguna de estas cosas sucedió.
No has descrito claramente tu situación. Ha dicho que es "de Canadá", pero ¿significa eso que es ciudadano canadiense? (Lo cual es un poco extraño porque has dicho "mi visado", pero los ciudadanos canadienses generalmente no necesitan ni obtienen visados estadounidenses; quizás sólo estabas utilizando el término de forma imprecisa para referirte a tu estatus en Estados Unidos). Los ciudadanos canadienses que visitan EE.UU. no suelen obtener un I-94, sobre todo si entran por tierra (creo que sí suelen obtener un I-94 cuando entran por aire). Los I-94 electrónicos no se empezaron a utilizar hasta mediados de 2013; por lo tanto, hace 14 años, el único I-94 que podías conseguir era un I-94 de papel (un pequeño talón rectangular que se suele adjuntar al pasaporte). ¿Ha recibido un I-94? Incluso si te dieron un I-94, eso no significa que hayas sido admitido hasta una fecha específica en él; las personas con estatus F (estudiante) o J (intercambio) suelen ser admitidas por "D/S", sin fecha. ¿Cuál era tu estatus en Estados Unidos? Si no obtuviste un I-94, o si obtuviste un I-94 admitido por "D/S", no comenzaste a acumular automáticamente "presencia ilegal" sin importar el tiempo que hayas permanecido, y probablemente no has acumulado ninguna "presencia ilegal" hasta ahora, lo que significa que no activarías una prohibición al salir de los Estados Unidos.
Aquí está la información del USCIS Adjudicator's Field Manual sobre las personas que fueron admitidas por "D/S" ( Capítulo 40.9.2(b)(1)(E)(ii) ):
(ii) No inmigrantes admitidos por duración de estatus (D/S) distintos de F o los no inmigrantes J
Si USCIS encuentra una violación del estatus de no inmigrante mientras adjudica un solicitud de un beneficio de inmigración, la presencia ilegal comenzará a a partir del día siguiente a la denegación de la solicitud.
Si un juez de inmigración hace una determinación de estatus de no inmigrante en un procedimiento de exclusión, deportación o expulsión, la presencia ilegal comienza a acumularse al día siguiente de la orden del juez de inmigración.
Hay que destacar que la acumulación de la presencia ilegal no comienza en la fecha en que se produce una violación del estatuto, ni en el día en que el día en que se inicia el procedimiento de expulsión.
Y sobre los canadienses que no obtuvieron un I-94 (Capítulo 40.9.2(b)(1)(E)(iv)):
(iv) No inmigrantes controlados (por ejemplo, canadienses B-1/B-2)
Los no inmigrantes a los que no se les expide el formulario I-94, Registro de Llegada/Salida Registro de Llegada/Salida, son tratados como no inmigrantes admitidos para D/S S (según en el capítulo 40.9.2(b)(1)(E)(ii)) a efectos de determinar la presencia ilegal. presencia ilegal.
Si se casa con su prometido de nacionalidad estadounidense, él puede solicitarle que inmigre a EE.UU. (convertirse en residente permanente de EE.UU.). Puede hacerlo a través de un ajuste de estatus en EE.UU. o de un trámite consular en el extranjero para obtener un visado de inmigrante. Sin embargo, si sale de EE.UU., y si ha acumulado más de 1 año de "presencia ilegal" (de la discusión anterior), desencadena una prohibición, lo que hará que no pueda obtener un visado de inmigrante durante 10 años, a menos que obtenga una exención, y una exención requiere demostrar "dificultades extremas" a su cónyuge, que es muy difícil de hacer. Por otra parte, usted es elegible para el ajuste de estatus en los EE.UU. después de casarse con su prometido ciudadano de los EE.UU., y el hecho de que usted está fuera de estado o el tiempo que ha estado fuera de estado son completamente irrelevantes para el ajuste de estatus en esta categoría. Y como aún no has salido de los Estados Unidos, no tienes una prohibición, por lo que no necesitas una exención. Así que si usted tiene esta "presencia ilegal" y tiene algún deseo de permanecer en los EE.UU., y será capaz de permanecer en los EE.UU. después de inmigrar lo suficiente para no abandonar la residencia, la mejor manera, con mucho, es casarse en los EE.UU. y solicitar el Ajuste de Estatus; será muy sencillo y el hecho de que usted ha estado fuera de estatus es irrelevante; no hay exenciones o explicaciones necesarias.
Sin embargo, su necesidad de visitar a su madre pronto entra en conflicto con su capacidad de hacer el ajuste de estatus. Si sale de los EE.UU. mientras el Ajuste de Estatus está pendiente, abandona automáticamente su Ajuste de Estatus a menos que ya se le haya concedido la Libertad Condicional Anticipada antes de salir. Puedes solicitar el Advance Parole al mismo tiempo que el Ajuste de Estatus, pero hoy en día se necesitan más de 4 meses para obtener el Advance Parole regular, y dudo que estés dispuesto a esperar tanto tiempo antes de visitar a tu madre. Si tiene una razón urgente, puede pedir que se acelere la libertad condicional anticipada o solicitar la libertad condicional anticipada de emergencia . No estoy seguro de si la situación de su madre es lo suficientemente urgente como para calificar para la Libertad Condicional Anticipada de Emergencia, pero vale la pena intentarlo (casarse rápidamente, solicitar el Ajuste de Estatus, e ir a la oficina para solicitar la Libertad Condicional Anticipada de Emergencia tan pronto como tenga el número de solicitud).
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Probablemente debería consultar con un abogado profesional.
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Los comentarios no son para ampliar la discusión; esta conversación ha sido trasladado al chat .
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Es curioso que los mods eliminen todos los comentarios, no sólo los que se hicieron como "discusión ampliada". La sección de comentarios es una parte rota de Stack Exchange.
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@insidesin: Yo no culparía a SE. El software envuelve muy bien los comentarios, mostrando sólo unos pocos y dando la opción al usuario de desenrollarlos. Es el afán de los mods por eliminarlos lo que causa el problema. Y luego el problema se agrava por el hecho de que el chat es muy poco amigable en comparación con los comentarios.
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Nunca he utilizado la función de chat. No quiero chatear. Quiero hacer un comentario sobre el tema y cambiar el flujo de la pregunta 9/10 veces. El software es bueno. Pero definitivamente tiene un principio roto, ¿comentarios que son temporales? ¿Cuál es el punto de comentar. Stack Exchange está lejos de ser perfecto. He dejado de usar los comentarios para cualquier uso real.
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Probablemente no sea una pregunta de viaje
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@MartinArgerami Yo sigo culpando a SE. El celo de los moderadores lo fomenta SE, y la relativa amabilidad de los comentarios y el chat también se debe a SE, no a los moderadores.