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Visita a la sede de una empresa estadounidense en el marco del programa de exención de visado (ESTA) o B-1

Tengo problemas para saber qué visado necesito para visitar la sede estadounidense de mi nueva empresa.

Antecedentes: Estoy empezando como ingeniero de software en mi empresa europea. El empleo es a través de un local PEO ya que la empresa estadounidense aún no tiene presencia allí. Para familiarizarse con el negocio, lo lógico sería ir a EE.UU. y hablar con los nuevos colegas lo antes posible. Por otro lado, tampoco quiero que me denieguen la entrada por razones obvias.

Ciudadano británico, empresa estadounidense, residente en el Reino Unido: ¿Puedo utilizar un ESTA? es la mejor discusión sobre este tema que he podido encontrar hasta ahora. Sin embargo, es de 2012 y @Doc trabajaba para las filiales locales de organizaciones mucho más grandes. ¿Seguiría siendo aplicable a mi situación (PEO no filial, nuevo en la empresa, 2017)?

Los documentos que he podido encontrar mencionan sobre todo que las reuniones de negocios entran en el ámbito de aplicación del ESTA. La formación también se menciona en muchos sitios, pero nunca queda claro qué está permitido y qué no. Boletín de información patronal 99-03 (lamentablemente sin fecha ni descarga oficial) menciona que "Los aprendices extranjeros que pretendan simplemente observar la realización de negocios u otra actividad profesional o vocacional pueden optar a la clasificación B-1 o B-2 si la empresa estadounidense no paga ni reembolsa los gastos. El empleador extranjero debe seguir siendo el empleador principal y pagar sueldos, salarios y/u otras compensaciones de una fuente en el extranjero". El documento continúa diciendo " Formación práctica, diseñada para proporcionar no se considera incluida en la clasificación B-1 (o B-2). . Incluso si el empleador extranjero paga el salario y los gastos, la clasificación B-1 es inapropiada si los servicios prácticos realizados por el aprendiz beneficiarán a la empresa con sede en EE.UU. y/o la empresa con sede en EE.UU. habría tenido que contratar a un empleado de no ser por los servicios del extranjero "aprendiz"". (el subrayado es mío)

En folleto oficial de 2015 no menciona la formación y se refiere principalmente a la centro de visados de negocios Aunque tampoco encuentro detalles en el sitio web de la BVC, ésta parece la mejor autoridad para pedir aclaraciones.

En Página oficial del VWP dice que puedo "asistir a cursos de formación de corta duración (no puede recibir remuneración de ninguna fuente en Estados Unidos, salvo los gastos inherentes a su estancia)" y "consultar con socios comerciales".

Preguntas:

  • El VWP es esencialmente el programa B1/B2 para personas de países preaprobados, ¿no? Eso significa que no sirve de nada solicitar el B1 porque tampoco se me permitiría hacer más que en el ESTA, ¿correcto?
  • ¿Representa una diferencia sustancial que venga durante 2 o 6 semanas? Yo diría que un periodo más corto puede parecerse más a discusiones y reuniones, mientras que un periodo más largo se parecería más a un empleo. se parecería más a un empleo.
  • ¿Dónde entra un PEO en lo que respecta a "no ser pagado por ninguna fuente en los Estados Unidos"? Creo que podría argumentar en ambos sentidos.
  • ¿Hay algún modo de que nos aprueben previamente los planes sin que la denegación se considere "denegación de visado" o incluso "denegación de entrada"?

Gracias por su ayuda.

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La pregunta "ciudadano británico empresa estadounidense" es totalmente pertinente, y nada ha cambiado mucho. De todas formas, he escrito otra respuesta.

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Xenph Yan Puntos 20883

Veamos sus preguntas una por una.

  • Sí, el VWP te permite esencialmente hacer todo lo que se te permitiría hacer con un B1/B2 sin visado. Si eres nacional de un país VWP no tiene sentido que solicites un B1/B2. Las excepciones serían que no cumplieras los requisitos del VWP por algún motivo (como haber visitado uno de los países que no cumplen los requisitos o que te hayan denegado la entrada en EE.UU. anteriormente), o que pienses que podrían denegarte la entrada por algún otro motivo y quieras averiguarlo antes de viajar.
  • Seis semanas no es un tiempo inusual para visitar una empresa matriz para reuniones, formación, etc. Se le examinará un poco más que a alguien que esté de visita dos semanas. Conviene que seas capaz de explicar lo que vas a hacer durante esas seis semanas, dejando claro que no vas a realizar ningún trabajo real mientras estés allí, sino sólo formación, reuniones, debates, etc.
  • Suponiendo que su OPE (europea) sea su empleador real registrado, no está recibiendo fondos de fuentes estadounidenses. No es importante que su empleador reciba dichos fondos.
  • La única manera de obtener la aprobación por adelantado es solicitar un visado B1/B2, pero eso se tratará como un rechazo de visado si no se aprueba. Lo mejor que puedes hacer es asegurarte de que dispones de la documentación necesaria y presentarte en la frontera.

Le sugeriría que se pusiera en contacto con la empresa estadounidense para que le asesore sobre cómo hacerlo. Una empresa de cualquier tamaño lo habrá hecho muchas veces antes. Es muy probable que no le hagan muchas preguntas, pero los siguientes documentos pueden ser útiles y vale la pena tenerlos:

  • Una carta de su PEO diciendo que usted trabaja para ellos. Posiblemente documentos acreditativos, como una nómina.
  • Una carta de la empresa de EE.UU. en la que se explique para qué vas a estar allí, asegurándote de que no implica que vayas a realizar un trabajo real mientras estés allí (la formación, los debates, las reuniones, etc., están bien).
  • Asegúrate de no insinuar nunca al agente fronterizo que vas a trabajar allí. Usted está allí para celebrar reuniones, debates y recibir formación.

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Gracias por su perspicacia. Mencionas cartas de las dos empresas respectivas. ¿Cómo de detalladas deberían ser? ¿Te inclinas por unos párrafos de alto nivel o por un horario detallado?

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Una descripción general está bien. Pero es probable que su empresa ya haya hecho esto antes.

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