Trabajo como contratista (autónomo) para una empresa estadounidense. Voy a visitarles (para hacer algunas reuniones y formación) y a hacer algunos viajes durante un total de 3 semanas. ¿Está bien ir usando el ESTA? Gracias.
Respuesta
¿Demasiados anuncios?Esta es una de esas áreas difíciles para los contratistas. Las dos condiciones para poder visitar Estados Unidos con un visado de negocios son:
- No debes hacer ningún trabajo real
- No debe recibir dinero de una fuente estadounidense.
Está establecido que recibir formación, asistir a reuniones para discutir y planificar el trabajo, y similares, no cuentan como trabajo. Ahí no tienes ningún problema. Del mismo modo, si trabajaras para una empresa no estadounidense, aunque fueras el único empleado, no habría ningún problema. Usted recibiría dinero de su empresa (una fuente no estadounidense) y su empleador recibiría dinero de la empresa estadounidense.
Si realmente está recibiendo dinero directamente de EE.UU. debería consultar a un abogado para comprobar que tiene derecho a ello. Si esto fuera frecuente, podría considerar la posibilidad de crear su propia empresa. Otra forma de evitarlo podría ser no cobrar a la empresa estadounidense por el tiempo que pasas en Estados Unidos, pero aumentar tu tarifa por el resto del trabajo para compensar. No obstante, le recomiendo que consulte a un abogado antes de hacerlo.
ASIDE: El ESTA es sólo un permiso para subir a un avión. Es el Programa de Exención de Visado (VWP) que le permite visitar Estados Unidos.
SEGUNDO ASIDE: El VWP te permite explícitamente hacer todo lo que podrías hacer con un visado B1/B2. Así que si no puedes utilizar un VWP, entonces vas a tener que recorrer el complicado camino de conseguir un visado de trabajo o similar.
2 votos
Suponiendo que estés visitando la empresa para la que trabajas como autónomo y que esta empresa te pague directamente desde EE.UU., en mi opinión este sería un caso muy cuestionable. Hay muchas posibilidades de que te denieguen la entrada tanto con el ESTA como con el visado B1 si el CBP te interroga, ya que es probable que decidan que tu actividad en EE.UU. debe considerarse trabajo.
0 votos
Sí, esto es potencialmente complicado. ¿Quién paga realmente su salario o sus honorarios? ¿La entidad estadounidense o una filial/agente extranjero? ¿Le pagan a usted personalmente o a una empresa de su país?
0 votos
La empresa estadounidense paga mis honorarios, no interviene ningún intermediario en el proceso de pago.
0 votos
Algo que olvidé mencionar, tengo una carta de la empresa en la que se indica que voy a reuniones de formación empresarial. ¿Debo llevar una copia impresa de la carta conmigo?
0 votos
¿Vas a visite formación (lo cual está bien), o a diríjase a ¿formación (=trabajo)?
0 votos
Asisto a la formación
0 votos
Creo que esto es un duplicado, pero no puedo encontrar el duplicado.