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Condena no declarada en el Reino Unido

Quiero asistir a una conferencia en noviembre. Solicité un visado para el Reino Unido, pero me lo denegaron porque no declaré una condena penal de 1989. No hubo pena de cárcel, pero me impusieron 50 horas de servicios comunitarios y una multa de 230 libras. Como en el momento de mi solicitud no podía recordar con detalle la sentencia, no la declaré. Además, ocurrió en 1989. Decidí solicitar los antecedentes policiales en el Reino Unido, que ya tengo.

Necesito una opinión honesta sobre qué decir acerca de no declararlo o tal vez una mejor manera de abordar esto.

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No hay nada que decir. Has mentido sobre tus antecedentes penales en uno de los documentos en los que esto se toma más en serio en el mundo. ¿Cómo no recordar 50 horas y una multa equivalente a 565 libras, incluso en términos vagos?

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Pues bien, aquí sólo cabe una opinión sincera: decir la verdad. Lo que fue ¿la razón para no declararlo? ¿Que no estaba seguro de los detalles? Esa es la única razón que debes dar, no agraves más el asunto mintiendo sobre la mentira. Seguro que no es una gran explicación, pero es la explicación verdadera. Puede que no te lleve a ninguna parte, pero tampoco te meterá en más problemas.

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Cualquier explicación que dé debe ser razonable para devolver la carga de la prueba a la OCE. Sin embargo, según los tribunales del Reino Unido, el olvido no cumple ese criterio. El sistema es duro y no estoy de acuerdo con él, pero es lo que hay.

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Dorothy Puntos 111

Usted preguntó la misma pregunta hace unos meses, que se cerró por ser principalmente de opinión. Entonces, fue para una boda; ahora desea volver a solicitarla para una conferencia. Tras una denegación, su premisa para visitar el Reino Unido va a ser examinada con detenimiento.

Te equivocaste: el delito se cometió hace décadas y si lo hubieras revelado en tu solicitud inicial, se podría haber considerado pasado y expedir un visado. Ahora, tienes un problema mucho mayor y una nueva solicitud tiene riesgos, en particular, invitar a una prohibición de larga duración.

No ha incluido su notificación de denegación, pero probablemente habría sido por engaño (por omisión) en virtud de Apéndice V Sección 3.6 del reglamento como se indica en la respuesta vinculada. El Reino Unido realmente no le gusta esto y usted fue atrapado.

Su credibilidad ha quedado muy dañada; en resumen, el UKVI tiene pocos motivos para creerle y tendría que superar esa carga para que una segunda solicitud tuviera posibilidades de éxito.

En lugar de extraños al azar en el Internet, que sería mejor a través de una discusión con un abogado del Reino Unido .

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