Gayot Fow, nuestro añorado miembro en excedencia, ha respondido a esto en su blog . Pongo aquí el texto de la respuesta con fines de archivo; todo lo que está por debajo de la línea es suyo, reproducido con permiso. (En beneficio de la OP, cuya primera lengua puede no ser el inglés, debo señalar que uno de los pocos acrónimos que Gayot no ha definido, "CYA", significa "Cover Your Behind", y se refiere al comportamiento diseñado para desviar las posibles críticas de un superior).
A un menor (alguien de menos de 18 años) se le ha expedido un Visado de Visitante Estándar (SVV) y, según la ley, el adulto responsable de acompañar al niño se identifica explícitamente por su nombre, nacionalidad y número de pasaporte en forma de enmienda. Esta modificación la realiza un funcionario de control de entrada (ECO) o un asistente de control de entrada (ECA) y luego la inspecciona un gestor de control de entrada (ECM).
Cuando se expide este tipo de visado, la autorización de entrada propiamente dicha se pega en el anverso y el adulto o los adultos acompañantes se enumeran, con tinta manuscrita, en el centro del verso. A continuación, se escriben dos líneas verticales en el reverso, de arriba a abajo, interrumpidas en el centro donde se escriben los nombres (es decir, se utiliza todo el reverso). Esta práctica impide que se añadan más nombres sin que se descubra un fraude o una falsificación. Las anotaciones correspondientes se realizan en Proviso (el sistema de autorización de entrada) y en su sistema interno de seguridad de visados.
Cuando el niño llega al Reino Unido, el funcionario de inmigración (IO) comprueba todo para asegurarse de que el adulto acompañante ha sido identificado en el visado del niño. En la primera visita, es probable que el IO lleve los pasaportes correspondientes a una estación de trabajo segura para comprobar que todo está en orden, por lo que es razonable esperar un retraso momentáneo en el que el IO aparentemente "desaparece".
Toda esta diligencia (y más) es el resultado de la Sección 55 de la Ley de Fronteras, Ciudadanía e Inmigración de 2009 (denominada de diversas maneras "Ley de la Infancia", o "Interés Superior del Niño", etc.). Se trata de una responsabilidad que el Ministerio del Interior ha asumido con gran diligencia; sus orientaciones se publican en Every child matters: statutory guidance y en otros folletos.
La responsabilidad de proteger a los niños se extiende no sólo a los titulares de visados, sino también a los ciudadanos británicos, y se puede encontrar alguna que otra anécdota en la que una familia británica que viaja con niños ha sido seleccionada para una inspección secundaria. Estas anécdotas que expresan la indignación y la indigencia tienen una única respuesta: El Parlamento ha dicho al Ministerio del Interior que lleve a cabo estas responsabilidades y, si no le gusta, pues mala suerte, escriba a su diputado y vea lo que pasa.
Basta de digresión, volviendo al punto principal ¿Qué sucede si el visado de un niño necesita una variación? Y en concreto, ¿qué ocurre si la variación implica añadir (o eliminar) de la lista de adultos autorizados? En el caso que nos ocupa, un profesor quiere organizar un viaje escolar en el que algunos niños ya tienen SVV de larga duración que identifican a un adulto que no acompañará al niño. Si la compañía aérea es diligente, el niño no podrá embarcar en el avión y, si no lo es, se le impondrá una multa y el aterrizaje de IO hará que el niño sea retirado (es decir, rebotado) y el profesor se verá en serios problemas y probablemente también será retirado (lo que invalidará los visados de toda la clase).
¿Y cuál es la respuesta a este enigma?
¿Cancelar el SVV de 10 años del niño y emitir uno sólo para el viaje de estudios? ¿Y presumiblemente solicitar otro visado de 10 años cuando el niño regrese? Los visados de 10 años son increíblemente caros y este enfoque supone una carga injusta para los padres del niño.
¿No puede UKVI expedir otro visado que coincida con los visados existentes? Si nos remontamos a la época de 2006 a 2008, cuando Liam Byrne era Secretario de Estado de Inmigración, introdujo una política sensata destinada a frenar los abusos, según la cual una persona sólo podía tener una forma de permiso a la vez. Aunque no hay ninguna ley que regule esta política, ha funcionado durante mucho tiempo y es poco probable que se altere para el caso que nos ocupa.
De hecho, ¡la respuesta es indeterminada! De hecho, es la ECM de cada puesto la que decide cómo actuar. Entre las alternativas de las que dispone el ECM están: a) expedir un visado de operador turístico en el que figuren todos los estudiantes con una nota a pie de página que contenga los nombres, números de pasaporte, etc. de los estudiantes que viajan con un visado existente; b) expedir una carta a cada estudiante para que la presente al transportista y a la OI de desembarque; c) cualquier otro enfoque que el ECM considere apropiado, incluido el que utilizó el ECM anterior (este es el escenario más probable). Puede utilizar señales de humo si quiere (siempre que funcione y pueda demostrar que es razonable).
Si el ECM es especialmente cauteloso y quiere seguir los protocolos de CYA, puede remitirse a la Oficina de Sheffield y recibir asesoramiento de allí. En ese caso, corresponderá a la unidad de Sheffield considerar cuántas personas están afectadas, las nacionalidades implicadas, la credibilidad y el prestigio del profesor, y todo lo que quieran para asegurarse de que sus responsabilidades ante el Parlamento se cumplen minuciosamente. Si lo consideran necesario (cosa que dudo), Sheffield también puede emitir orientaciones para todos los OCE a nivel mundial, en cuyo caso se publicarán y estarán disponibles en algún lugar de la red.
¿Por qué no se recoge esto en alguna ley? Es muy poco probable que esto ocurra. El Parlamento, el público británico y la comunidad jurídica del Reino Unido se conforman con leyes redactadas en términos generales que son vagas en algunas áreas. Ambas partes de la moneda se benefician y no es tarea del Parlamento aclarar lo que han promulgado en primera instancia. Tampoco es tarea del Ministerio del Interior explicar lo que el Parlamento pretendía, pero esto es objeto de un debate intenso y animado en el que a menudo participan los tribunales.
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Una muy buena pregunta.
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¿Es realmente necesario utilizar un visado acompañado para un viaje escolar? Supongo que podría utilizar un visado de visita general y limitarse a declarar el viaje previsto. ¿Qué harás si un visado acompañado lleva tu nombre y no puedes estar allí por alguna razón, por lo que se envía a otro profesor?
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@user16259 ese no es el problema aquí. El problema subyacente es el hecho de que esos niños ya tienen visados de acompañamiento y su profesor está buscando un nuevo visado que le permita acompañar a esos niños. No pueden hacerlo con los visados existentes si su nombre no figura en ellos
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@hankypanky está de acuerdo. Tal vez una edición del título sería útil?
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@user16259 ver si mi esfuerzo a medias es bueno?
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Estoy solicitando el visado desde nigeria y tengo que solicitar el acc. Visa no hay ninguna otra opción .
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@hankypanky parece estar bien. Y parece que la respuesta es conseguir una variación aprobada de la ECM, que es contrario a lo que supuse antes.