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La compañía aérea ha cancelado el vuelo por la tormenta Emma, ¿tengo derecho a pedirles que me paguen el tren y el hotel?

Un poco diferente que mi otra pregunta :

La compañía aérea ha cambiado la fecha del vuelo, ¿tengo derecho a pedirles que paguen el hotel?

Se suponía que iba a volar de Basra a Glasgow mañana por la mañana. El tramo 1 llega a Dubai a las 13:15 del 2 de marzo, el tramo 2 sale a las 14:50 de Dubai en la misma fecha.

Emirates airlines acaba de enviarme un correo electrónico

Notificación importante de viaje

Hola

Debido a las graves condiciones meteorológicas en Glasgow, su vuelo EK025 de Dubai a Glasgow el 02Mar ha sido cancelado. Si tiene una conexión a este vuelo, no se le aceptará el viaje en su punto original de punto de partida. Si tiene preguntas sobre su reserva, póngase en contacto con su oficina de reservas. Lamentamos las molestias que esto haya podido causado. Si tiene alguna pregunta, puede hablar con nosotros ahora mediante Live Chat. Estamos deseando darle la bienvenida a bordo. Saludos cordiales El equipo de Emirates

Todavía no les he llamado para discutir mis opciones, pero tengo que estar en Glasgow el domingo por la noche, ya que tengo una cita muy importante en el hospital el lunes 5 a primera hora.

La solución ideal para mí sería volar a Londres el sábado por la mañana, pasar la noche en Londres y viajar a Glasgow con los trenes Virgin el domingo.

¿Tengo derecho a eso? Dudo mucho que el aeropuerto de Glasgow vuelva a abrir antes del lunes.

Tengo un seguro de viaje por si sirve de ayuda, siempre los compro sin fijarme en lo que me corresponde.

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Si los trenes están en marcha.

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Manoj Puntos 6

En EU261 En cuanto a las condiciones meteorológicas incompatibles con la realización de un vuelo, se trata de una de las excepciones previstas en el reglamento, por lo que en su caso se trata de una situación mixta.

Aunque exista una condición excepcional, eso no exime necesariamente a la compañía aérea del derecho a la atención, por lo que puede tener un caso para la provisión de un hotel:

Artículo 9

Derecho a la asistencia

  1. Cuando se haga referencia a este artículo, los pasajeros se ofrecerán de forma gratuita:

(a) comidas y refrescos en una relación razonable con el tiempo de espera;

(b) alojamiento en hoteles en los casos

  • cuando sea necesaria una estancia de una o más noches, o

  • cuando sea necesaria una estancia adicional a la prevista por el pasajero;

(c) el transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento (hotel u otro).

  1. Además, se ofrecerá a los pasajeros de forma gratuita dos llamadas telefónicas, mensajes de télex o fax, o correos electrónicos.

  2. Al aplicar el presente artículo, el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo prestará especial atención a las necesidades de las personas con movilidad reducida y de sus acompañantes, así como a las necesidades de los niños no acompañados.

Sin embargo, esto sólo está previsto para una prestación de atención mientras estás en tránsito con la aerolínea - si eliges un cambio de ruta a Londres en lugar de Glasgow, entonces la aerolínea estaría casi con toda seguridad en su derecho de considerar que su obligación hacia ti ha terminado, y ya no estarías en tránsito con ellos y por lo tanto ya no tendrías derecho a un hotel u otra prestación.

En cuanto al desvío por tren, es casi seguro que fracasará en este aspecto, ya que el reglamento sólo habla de la obligación de proporcionar el desvío por otra compañía aérea, no de otro método de viaje (específicamente "en condiciones de transporte comparables").

Artículo 8

Derecho al reembolso o al desvío

  1. Cuando se haga referencia al presente artículo, se ofrecerá a los pasajeros la posibilidad de elegir entre

(a) - el reembolso, en un plazo de siete días, por los medios previstos en el apartado 3 del artículo 7, del coste íntegro del billete al precio al que se compró, por la parte o las partes del viaje no realizadas, y por la parte o las partes ya realizadas si el vuelo ya no tiene razón de ser en relación con el plan de viaje original del pasajero, junto con, en su caso,

  • un vuelo de regreso al primer punto de partida, a la mayor brevedad posible;

(b) el reenvío, en condiciones de transporte comparables, a su destino final en la primera oportunidad; o

(c) el cambio de ruta, en condiciones de transporte comparables, hasta su destino final en una fecha posterior que convenga al pasajero, siempre que haya plazas disponibles.

El sólo la excepción es que la compañía aérea pueda llevarle a otro aeropuerto que sirva al mismo destino, en cuyo caso está obligada a transportarle al destino original o a otro destino acordado cerca de .

  1. Cuando, en el caso de que una ciudad o región esté servida por varios aeropuertos, un transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo ofrezca a un pasajero un vuelo a un aeropuerto alternativo al de la reserva, el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo correrá con los gastos de traslado del pasajero desde ese aeropuerto alternativo, bien al de la reserva, bien a otro destino cercano acordado con el pasajero.

El viaje de Londres a Glasgow no se consideraría "cercano".

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