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Matrimonio Visado de visitante para el Reino Unido si es inmigrante ilegal

Soy de nacionalidad venezolana y vivo en España como estudiante desde hace 4 años y medio con estancia válida hasta el 27 de abril de 2018. Actualmente estoy sin documento español válido, por lo que ya estoy en situación irregular.

Tengo un novio británico que vive en Francia y queremos casarnos. Queríamos casarnos en el Reino Unido para estar cerca de su familia. Estaba rellenando mi solicitud de visado de matrimonio hasta que mi abogado me informó de que no tendría éxito debido a mi actual situación de inmigración. Uno de los documentos obligatorios es la prueba de que tengo permiso para estar en el país donde estoy solicitando, y aunque podría explicar la situación (estaba esperando que me renovaran el visado de estudiante pero me lo denegaron y llevo muy poco tiempo "ilegal") el hecho es que actualmente no tengo permiso. Tenemos la intención de trasladarnos a Francia, donde vive mi pareja, después de casarnos.

¿Se rechazará definitivamente un visado de visitante por matrimonio? Soy autónomo y puedo demostrar ingresos constantes, pero no tengo vínculos físicos con un empleador, ya que trabajo en línea.

¡¡Agradezco cualquier consejo!!

Gracias.

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Hernández ¿Por qué dudas del consejo de un abogado? ¿Cómo va a demostrar que su intención de irse al final de su estancia es creíble cuando ya tiene una estancia excesiva en España?

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¿Por qué no vivir juntos legalmente en Francia durante un tiempo y luego casarse? Es posible que puedas optar a ello, como pareja de un ciudadano de la UE.

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Salir del espacio Schengen lo antes posible y luego intentar volver a entrar como pareja de hecho de un ciudadano de la UE. Por cierto, ¿cómo vas a pagar impuestos por tus ingresos online si eres ilegal? España podría molestarse por eso.

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phoog Puntos 2256

El respuesta de o.m. es esencialmente correcto, pero en lugar de aceptar la invitación a editarlo, estoy publicando esta respuesta, porque no estamos de acuerdo en uno o dos puntos clave y no veo cómo puedo modificar esa respuesta de una manera que exprese ambas opiniones sin llegar a ser confusa.

En primer lugar, estoy de acuerdo con su punto 2: aunque no haya sobrepasado el periodo de estancia autorizado en el espacio Schengen, probablemente no sea legal que trabaje en España.

En segundo lugar, su punto tres es en parte correcto y en parte incorrecto. Después de casarse, ciertamente puede trasladarse a Francia y solicitar una tarjeta de residencia después de llegar allí. Si quiere mudarse a Francia antes de casarse, sin embargo, no está nada claro cómo podría conseguirlo.

Como pareja estable pero no casada de un ciudadano de la UE que trabaja en un país de la UE distinto de su país de origen, usted puede ser con derecho a un permiso de residencia.

En realidad, si puedes demostrar que eres la pareja estable pero no casada, puedes son con derecho a ese permiso en virtud de la directiva de la UE. Sólo que no se llama "permiso de residencia" sino "residencia tarjeta". porque el documento no concede el derecho de residencia, sino que refleja el derecho de residencia que tiene automáticamente como miembro de la familia de un ciudadano de la UE. Esta distinción es importante.

La diferencia entre una pareja de hecho y un cónyuge o pareja civil registrada es que el derecho derivado de la libre circulación es automático en el segundo caso, mientras que en el primero depende de que la relación haya sido "debidamente acreditada". En otras palabras, se requiere que presente pruebas al Estado que demuestren la naturaleza de su relación.

Por lo tanto, puede obtener el derecho derivado de la libre circulación, ya sea casándose/inscribiéndose o solicitando una tarjeta de "familiar ampliado". La solicitud sirve para acreditar su relación. Si hace lo primero, es evidente que la legislación de la UE no exige que abandone el espacio Schengen para solicitar la tarjeta, porque, como ya se ha dicho, el derecho de libre circulación se le aplica automáticamente en ese caso. La penalización por no obtener la tarjeta en los tres meses siguientes a su traslado a Francia consiste únicamente en que el coste de la tarjeta aumenta de 25 a 340 euros. No hay riesgo de deportación ni ninguna otra consecuencia grave.

Por otro lado, solicitar una tarjeta de "familiar ampliado" es problemático porque Francia no ha transpuesto este elemento de la directiva a su legislación nacional. No me queda claro cómo se podría seguir esta opción, y mucho menos si sería necesario salir del espacio Schengen para hacerlo. Por lo tanto, estoy de acuerdo con o.m. en que deberías hablar con un abogado si quieres seguir esa vía.

Por último, tal y como yo lo veo, tiene usted tres opciones prácticas en el marco de la directiva sobre la libertad de circulación:

  1. Cásate cuanto antes, múdate a Francia y haz lo que puedas para celebrar en el Reino Unido.

  2. Registra tu pareja civil, múdate a Francia y luego cásate en el Reino Unido.

  3. Averigüe cómo (o incluso si) puede solicitar una tarjeta de residencia de "relación duradera" en Francia y, si puede, utilizarla para casarse en el Reino Unido.

Una cuarta opción es perder la esperanza en el régimen de libre circulación, y simplemente volver a Venezuela y solicitar un visado de visitante por matrimonio. Una vez casados, podéis trasladaros a Francia y solicitar la tarjeta de residencia.

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Mi "puede ser" salió del hecho de que la durabilidad de una relación puede ser cuestionada, pero un matrimonio será mucho menos probable que sea cuestionado.

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@o.m. por supuesto que tiene sentido. Dije "es" sólo porque estaba interpretando la frase en el contexto de la directiva, donde que alguien esté en una "relación duradera" implica que el estado ha aceptado la existencia de la relación. Si el Estado no acepta que esa relación existe, entonces (a efectos de la directiva) efectivamente no existe.

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Boniram Puntos 11

Intento que los distintos comentarios queden en una respuesta coherente, aunque no esté del todo en el tema que has planteado. No puedo darle asesoramiento jurídico, pero realmente Creo que debería hablar con un abogado o asesor fiscal que pueda, sobre todo por el segundo punto de la lista.

  1. Como ha señalado phoog, como nacional de un país del Anexo II, puedes visitar el espacio Schengen sin visado durante 90 de los 180 días si cumples algunas condiciones. Días de estancia en España con tu visado de estudiante no cuentan contra esos 90 días, pero los días en Francia u otros países de Schengen y los días en España después del 27 de abril sí. Por lo tanto, es posible que no tenga se ha quedado en todavía.
  2. No sé cuánto trabajo remunerado (si es que hay alguno) permite tu visado de estudiante en España. Como visitante sin visado según las normas 90/180, no puedes trabajo en el espacio Schengen, sólo puede hablar de trabajo que se haga en otro lugar. (Esto es una simplificación excesiva, hable con un abogado.) Esto significa que usted puede ser un inmigrante ilegal después de todo, no por los días sino por lo que hiciste.
  3. Como pareja estable pero no casada de un ciudadano de la UE que trabaja en un país de la UE distinto de su país de origen, usted puede ser tiene derecho a una tarjeta de residencia si la relación parece lo suficientemente estable para las autoridades. Como cónyuge casado, usted son tiene derecho a una tarjeta de residencia, a menos que las autoridades consideren que se trata de un matrimonio ficticio. Pero en cualquier caso, es una mala idea trasladarse a Francia sin más. Tienes que solicitar el permiso de residencia.
  4. Los trámites para contraer matrimonio (en cualquier país de la UE) pueden durar más que los días que te quedan si ahora eres turista (es decir, no trabajas) en virtud de la norma 90/180.

Me parece que deberías viajar a casa y entonces solicitar el permiso para reunirse con tu novio en Francia, ya sea como pareja de hecho o para casarse en Francia. Eso sería bajo las normas de la UE, mientras que ir al Reino Unido lo pondría bajo las normas del Reino Unido. phoog parece diferir.

@phoog, eres libre de editar esto en lugar de comentarlo.

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Gracias, pero no he podido ver cómo editar tu respuesta, así que he añadido la mía. Añadiré que mi experiencia (indirecta) con la ley de libre circulación francesa es que mi madre (no comunitaria) ha permanecido habitualmente en Francia durante cuatro o cinco meses seguidos con mi padre (comunitario) sin haber solicitado nunca una tarjeta de residencia, y nunca ha tenido ningún problema por ello, aparte de una vez en la que estuvieron a punto de multarla al salir, antes de que se dieran cuenta de que era la esposa de mi padre.

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