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¿Existen nuevas políticas relativas a la entrada en EE.UU. con un documento de viaje de refugiado?

Hoy han rechazado la solicitud de visado de viaje de mi abuela. Tiene un documento de viaje de refugiada desde que vive en Alemania. Lleva 30 años viviendo allí. Su único propósito es visitar a sus hijos, que son ciudadanos estadounidenses. Además, no es la primera vez que va a EE.UU.; ha estado allí unas 5 veces.

Teniendo en cuenta todos estos hechos, el visado debería haberse concedido. Le dijeron que hay nuevas políticas en vigor que prohíben la entrada en Estados Unidos a todas las personas con documentos de viaje de refugiado y que no hay excepciones.

No he encontrado nada en Internet. ¿Qué ha cambiado para que le denieguen el visado?

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¿Hay alguna razón por la que no se haya convertido en ciudadana alemana en ese tiempo que pueda llevar a EE.UU. a denegar el visado?

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@user16259 Conseguir la nacionalidad alemana es bastante difícil y un requisito es tener un cierto dominio del alemán (B2, supongo), cosa que ella no tiene

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Considering all these facts, the visa should have been granted. Eso es incorrecto. Nadie es titulado a un visado de no inmigrante por muy sólidas que sean las credenciales de su solicitud.

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phoog Puntos 2256

Tampoco encuentro nada en Internet. Sospecho que la denegación se basó en una lectura o caracterización errónea de Decreto 13780 (también ha sido modificada por proclamaciones presidenciales posteriores).

Una de las disposiciones de la prohibición de viajar era suspender el programa estadounidense de admisión de refugiados, que se aplica a las personas que solicitan el estatuto de refugiado en Estados Unidos. No se aplica a quienes se han establecido en otro lugar como refugiados y desean visitar Estados Unidos como no inmigrantes. No obstante, sería fácil para alguien calificar la orden de "suspensión de la entrada de refugiados en EE.UU." y llegar a la conclusión de que las personas con documentos de viaje de refugiado no pueden, por tanto, visitar el país.

Yo sugeriría abordarlo desde varios frentes:

  1. Solicite una explicación de la base jurídica de la citada política.

    • Mire la explicación escrita de la denegación. Probablemente no explique la base jurídica de la póliza, ni siquiera mencione la póliza, porque lo más probable es que sea una carta-formulario.
    • Intenta hablar con alguien del consulado. Si puede, y no obtiene una respuesta satisfactoria, pregunte por el supervisor de esa persona. Cada vez que hable con alguien nuevo, si la persona no le da una respuesta satisfactoria, pida hablar con el supervisor.
    • Si alguien cita la orden ejecutiva, señale que sus disposiciones relativas a los refugiados se aplican a quienes solicitan la admisión en EE.UU. en calidad de refugiados, mientras que este solicitante pide la admisión como visitante no inmigrante.
  2. Cada hijo y nieto de ciudadano estadounidense puede pedir a sus senadores y representantes en el Congreso que intervengan en su favor. Los miembros del Congreso tienen oficinas dedicadas a este tipo de intervención. Yo empezaría por elegir a un hijo y a un senador de ese hijo. Si eso no da fruto, pruebe con el otro senador y representante de ese niño. Si tampoco son de ayuda, pruebe con todos los senadores y representantes de todos los hijos y nietos.

  3. Si estos intentos de recurso administrativo a través del consulado y los miembros del Congreso no tienen éxito, considere la posibilidad de demandar ante los tribunales. Puede consultar a un abogado privado al respecto, en cuyo caso probablemente debería dirigirse a un abogado experto en inmigración. También puede intentar dirigirse a organizaciones de derechos como la Unión Americana de Libertades Civiles El Red Nacional para los Derechos de Inmigrantes y Refugiados y el Proyecto Internacional de Ayuda a los Refugiados .

  4. El hecho de que la denegación se basara únicamente en la presentación de un documento de viaje de refugiado puede violar las obligaciones de Estados Unidos en virtud del derecho internacional (Estados Unidos no adoptó la Convención de 1951, pero sí el Protocolo de 1967, que incorpora la mayor parte de la Convención). Su abuela debería considerar la posibilidad de presentar una queja ante el Ministerio de Asuntos Exteriores alemán, que podría ejercer presión diplomática sobre el gobierno de EE.UU. para que examine su solicitud en cuanto al fondo. Su primer punto de contacto para ello sería probablemente la oficina que expide el documento.

  5. Sería una buena noticia ("a una abuela residente en Alemania desde hace 30 años, que ha estado cinco veces en Estados Unidos, se le deniega el visado"). Busca algunas noticias en los medios de comunicación estadounidenses sobre la prohibición de viajar u otros asuntos de inmigración y escribe a los reporteros de esas noticias. Para decidir el orden en que quieres dirigirte a ellos, puedes tener en cuenta la importancia de los empleadores de los reporteros. Si uno de ellos decide cubrir la historia de tu abuela, hay posibilidades de que su visado se expida rápidamente.

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