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¿La prohibición de solicitar una visa de EE.UU. después de un fraude matrimonial es una prohibición de por vida o de 10 años?

Un jamaiquino cometió fraude matrimonial hace unos 30 años al casarse con una ciudadana estadounidense en un matrimonio en el que se pagó al novio una cierta cantidad de dinero para casarse con ella. El novio se metió en problemas legales por un asunto no relacionado, y el fraude matrimonial fue descubierto y el amigo de la familia fue deportado de vuelta a Jamaica. Ya no tiene ningún papeleo relacionado con la deportación y no puede recordar ninguno de los detalles. No sé si simplemente accedió a regresar a Jamica cuando se descubrió el fraude, o si hizo algún intento de montar algún tipo de defensa legal en el caso. Sé que cooperó con las autoridades de inmigración y que no tuvieron que venir a buscarla. A ella le gustaría venir a los EE.UU. para una visita de dos semanas. El propósito principal de la visita es que visite a un amigo (ciudadano estadounidense) que es un enfermo terminal.

He estado mirando el 8 U.S.C. 1182 y de mi lectura de él, parece que no sería admisible en los EE.UU. debido al anterior fraude de inmigración. Mi entendimiento se basa en la sección que dice:

En general, es inadmisible todo extranjero que, mediante fraude o tergiversación deliberada de un hecho material, trate de obtener (o haya tratado de obtener o haya obtenido) un visado, otra documentación o admisión en los Estados Unidos u otro beneficio previsto en la presente Ley.

Lo que no tengo claro es si esto significa que sería inadmisible de forma permanente o si estaría sujeto al límite de los 10 años. ¿Puede alguien ayudar a aclarar esto? Si la prohibición no es permanente, ¿hay algún consejo para poder aumentar sus posibilidades de obtener un visado? Tiene la intención de responder honestamente todas las preguntas durante su proceso de solicitud de visado.

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Sólo señalar que se ha propuesto una edición que elimina el punto clave de que el deseo de visitar es urgente porque la persona a la que se visita es un enfermo terminal. (La edición puede ser aceptada porque, aparte de la supresión de esta importante información, hace un montón de cambios menores que podrían considerarse mejoras).

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@DavidRicherby ¿cómo es el motivo de la visita un punto clave? Es sólo una justificación para querer ir a Estados Unidos durante 2 semanas, y no tiene ninguna relación con la pregunta que se hace.

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@CallumBradbury A menudo el consejo para hacer frente a las prohibiciones temporales de viajar es "No vale la pena luchar contra ella: sólo hay que esperar a que la prohibición expire". Eso no es aplicable debido a la urgencia de la situación (aunque también porque parece que la prohibición es permanente). Y lo que es más importante, si uno va a intentar anular la prohibición, "quiero visitar a mi amigo enfermo terminal" es una razón mucho más convincente para que se le permita una exención que "quiero ver el Gran Cañón" o lo que sea.

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user102008 Puntos 2666

Sí, la prohibición del fraude o la tergiversación intencional, en INA 212(a)(6)(C)(i), es una prohibición de por vida. Cuando la ley dice que alguien es "inadmisible" sin ninguna otra calificación, eso significa que es una prohibición de por vida (es decir, la persona seguirá siendo inadmisible sin importar cuánto tiempo haya pasado). En el caso de las prohibiciones que duran un tiempo determinado, la ley dice algo así como "un extranjero que... que vuelva a solicitar la admisión dentro de los X años de... es inadmisible"; esto significa que se trata de una prohibición de X años (es decir, sólo hace que la persona sea inadmisible por un intento de solicitar la entrada dentro de los X años del comienzo de la prohibición).

Ya que está bajo prohibición, si quiere ir a los EE.UU., necesitará una exención. Ya que va como visitante no inmigrante, necesitará una exención de no inmigrante (bajo INA 212(d)(3)(A)). No hay un formulario separado para solicitar esto. Más bien, ella solicitará una visa de visitante como de costumbre, y si se le niega únicamente debido a una prohibición (y no debido a la falta de superación de la "intención de inmigrar", que no tiene una exención), el oficial consular que adjudique su visa le informará de los pasos a seguir para solicitar una exención, que serán decididos por ese mismo oficial.

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Gracias por esta información. He investigado y parece que si se aprueba la exención, el proceso tardará entre 150 y 180 días de media en completarse. Pero al menos hay una vía posible, que es lo que estaba tratando de determinar. ¿Es también el caso de que un formulario I-192 o I-212 tendrá que ser llenado también?

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@Itsme2003: No. No es necesario rellenar ningún formulario. El I-192 es para solicitar una exención de no inmigrante para personas que nunca necesitan solicitar un visado, como los ciudadanos canadienses. No es aplicable en general para otras nacionalidades. La I-212 eliminará una prohibición 9A o 9C (tanto para inmigrantes como para no inmigrantes). Los no inmigrantes con una prohibición 9A o 9C pueden obtener una exención o hacer la I-212 para deshacerse de la prohibición. La deportación causa una prohibición 9A, pero por primera vez es de 10 años a menos que se apliquen otras condiciones, por lo que debería haber pasado mucho tiempo.

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Otra opción que no mencioné, si ella no puede conseguir una visa y es muy urgente, es la libertad condicional humanitaria. Pero esos son muy difíciles de conseguir, y no sé si ver a un "amigo" moribundo que no está relacionado con ella es un propósito humanitario suficiente.

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