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Denegación de embarque en la segunda etapa del viaje: indemnización

Fue un viaje de Nueva York a Glasgow vía Londres Heathrow con un billete de 1 de BA. De Nueva York a Londres llegamos a tiempo para el vuelo a Glasgow. Nos denegaron el embarque para el segundo tramo y BA nos ofreció 250 de indemnización por denegación de embarque reglamentaria (admitió overbooking aunque estábamos facturando y nos echaron) sólo dentro del Reino Unido, ya que no fue un retraso sino denegación de embarque y el vuelo se fue sin nosotros.... ¿Alguna idea? Gracias.

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Lo primero es lo primero: no firme nada hasta que se le dé aquí una respuesta exhaustiva. En ocasiones, las aerolíneas intentan rebajarte la indemnización y, dado que el Reino Unido sigue perteneciendo a la UE, es probable que se apliquen las generosas normas de la UE sobre indemnización por denegación de embarque.

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Gracias Michael ... que finalmente han ofrecido el 250 después de meses de contacto ....Sólo me preguntaba sobre el billete de uno de JFK a GLA como hemos pagado para viajar de uno a otro dentro de un tiempo determinado por lo que el destino final era más de 7 horas de retraso ....

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¿250 qué? ¿GBP, EUR, USD?

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Michael Seifert Puntos 181

Un vuelo de LHR-GLA está dentro de la UE y cubre una distancia de unos 550 km. Un pasajero que es "bumped" de un vuelo de este tipo tiene derecho a compensación, cambio de reserva/reembolso y "asistencia" en virtud de FCR 26/2004. Según esta normativa, el pasajero al que se deniegue el embarque en un vuelo de esta distancia tiene derecho a:

  • 250 EUR de indemnización en metálico (la mitad de esta cantidad si se ofrece al pasajero un vuelo alternativo que llegue dentro de las dos horas siguientes al vuelo original), y
  • Podrá elegir entre el reembolso de su vuelo (y el regreso a su punto de origen); el cambio de ruta a su destino a la hora más temprana posible; o el cambio de ruta a su destino a una hora posterior, sujeto a la disponibilidad de plazas, y
  • "Asistencia", consistente en:
    • Refrescos
    • Alimentación
    • Alojamiento (si se cambia la reserva para viajar al día siguiente)
    • Transporte hasta su alojamiento y regreso al aeropuerto
    • 2 llamadas telefónicas, télex, mensajes de fax o correos electrónicos

Encontrará más información sobre la normativa comunitaria en el sitio web de la UE: Derechos de los pasajeros aéreos .

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Asegúrate de exigir tu derecho a enviar 2 mensajes de télex, porque ¿cuándo si no vas a conseguirlo? :)

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@ZachLipton: Pero, ¿a dónde debe enviarlos?

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Debe exigir que se envíen a la persona que le espera en su destino, y no aceptar excusas como "pero no tienen télex".

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