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¿Puedo entrar en el espacio Schengen si mi periodo de visado es anterior a la regla de los 180 días?

Mi nuevo visado es válido por 90 días entre el 12-10-2018 y el 12-10-2019. Mi última visita terminó el 30-07-2018 y tengo previsto entrar de nuevo el 23-10-2018. ¿Negará el control fronterizo de los Países Bajos la entrada debido a la regla de los 180 días, aunque el visado sea válido?

La respuesta enlazada explica sobre la base de la regla. Para reformular mi pregunta: ¿El control fronterizo comprobará la última estancia o permitirá la entrada en función de la validez del visado?

Tanto la última estancia como la prevista son de 90 días.

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Si el duplicado vinculado no responde a su pregunta, edite su pregunta para explicar el motivo. No obstante, para responder a su pregunta, también necesitaríamos saber cuántos días estuvo presente en el espacio Schengen durante su última visita y cuántos días tiene previsto pasar allí cuando entre el 23 de octubre.

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¿Hay alguna razón para que le permitan violar las normas? Si lo hicieran sería una farsa de las normas. La validez del visado no significa que haya que pasar por alto las normas auxiliares. Eso sería como decir que si tengo un visado válido y me presento en la frontera y les digo que pienso trabajar ilegalmente, deberían dejarme entrar porque mi visado es válido.

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Simplemente creo que tiene más sentido que tengan en cuenta las normas a la hora de dar las nuevas fechas de validez. En lugar de que el visado sea válido desde el 12-10-18 debería haber sido desde el 29-10-18 para evitar confusiones con la regla de los 90 días.

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phoog Puntos 2256

El hecho de que tenga un nuevo visado no cambia la aplicación de la regla 90/180. Dado que su anterior estancia en el espacio Schengen fue de 90 días, el agente fronterizo debería denegar la entrada a menos que hayan pasado al menos 90 días desde su salida.

Es decir, como saliste el 30 de julio tras una estancia de 90 días, el primer día en el que puedes volver a entrar es el 29 de octubre. Determiné la fecha con el oficial Calculadora Schengen (la fecha de entrada para una estancia de 90 días que termina el 30 de julio es el 2 de mayo).

La aplicabilidad de la norma 90/180 a los distintos visados se desprende del artículo 6 del Código de fronteras Schengen que especifica "el período de 180 días anterior a cada día de estancia" sin hacer referencia a si la estancia anterior estaba autorizada por el mismo visado que la estancia actual.

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