El límite de la llave es de tres meses. No tiene nada que ver con Schengen, sino que forma parte de la legislación general de la UE. Como tal, también se aplica fuera del espacio Schengen (es decir, al Reino Unido, Irlanda, Rumanía, Bulgaria, Chipre y Croacia, y a Suiza mediante un acuerdo distinto que se aplicó incluso antes de que el país pasara a formar parte del espacio Schengen).
Incluso en los países en los que no hay ninguna formalidad especial para registrarse, las estancias superiores a 3 meses no siguen las mismas reglas. Usted tiene una fuerte derecho a viajar por turismo y a permanecer menos de 3 meses pero ningún derecho incondicional a permanecer en otro lugar de la UE durante más de 3 meses (ver esta respuesta a otra pregunta para la base jurídica de esta distinción).
En la mayoría de los lugares no es necesario hacer nada para las estancias cortas, pero aunque le da derecho a visitar otros países, la legislación de la UE no prohíbe estrictamente la obligación de informar de su presencia, aunque no tenga intención de convertirse en residente. Europa.eu ofrece información práctica al respecto, pero incluso este sitio (basado en la información presentada por los propios Estados miembros) es incompleto y a veces vago, por lo que es difícil saber exactamente cuáles son los requisitos de cada país.
Tenga en cuenta también que la residencia suele definirse por la intención y por otros factores como la ubicación del "centro de sus intereses" (ingresos, propiedades, familia ). Así pues, la residencia no comienza necesariamente una vez transcurridos los tres primeros meses ni depende únicamente de la duración de la estancia.
Por ejemplo, si vende su casa en Francia, traslada sus cosas a Alemania y alquila un piso allí, está obligado a empadronarse en el plazo de una o dos semanas desde que se instala en su nuevo domicilio, aunque tenga la precaución de no pasar más de tres meses en el país. En cambio, si tienes una casa en Francia y te alojas en un hotel en Alemania durante dos meses, probablemente no se te considerará residente.
Si hicieras lo mismo a la inversa (es decir, te mudaras a Francia), no tendrías que registrarte en absoluto (porque eso no es necesario en Francia en primer lugar), pero seguirías siendo considerado residente desde la fecha en que entraste en el país (y podrías, por ejemplo, tener que pagar impuestos en función de eso).
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Schengen no tiene nada que ver. Sus derechos de circulación se derivan del Tratado de Roma y de la legislación posterior de la Directiva 2004/38/CE. También del reglamento de 2006. Esencialmente, 90 días, salvo que ejerzas los derechos del tratado como "persona cualificada".
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@GayotFow Tienes razón en que el tratado de Schengen no tiene nada que ver con la pregunta aunque puede ser una pregunta válida (ya que los países de la AELC están cubiertos por tratados diferentes a los que citaste). Los estados miembros de la UE pueden imponer normas de empadronamiento si no discriminan a los ciudadanos de la UE/EEE/CH (por ejemplo, Alemania exige a todos los residentes, incluidos los ciudadanos alemanes, que se empadronen en una oficina local a los pocos días de mudarse).
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@neo, Irlanda no es Schengen, pero sigue estando obligada por el tratado, por ejemplo. Tu respuesta se refiere al registro para los que buscan empleo y el OP dijo que no buscaban empleo, de ahí que no pueda votar al respecto. Por lo demás, bien.
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Un pequeño detalle: "Anmeldungbescheinigung" es el nombre del documento que se obtiene, el registro en sí se llama simplemente "Anmeldung".
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@GayotFow Sí, lo sé, pero por ejemplo Suiza es un país Schengen (y por lo tanto está incluida en esta pregunta) pero está obligada por acuerdos diferentes y bilaterales.
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@Relajado sí, efectivamente, escribí el nombre del documento sólo para recalcar el procedimiento correcto, no para confundir con una inscripción al azar.
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@GayotFow efectivamente no estaba seguro de a qué zona decir que pertenezco, pensé que era más fácil con Schengen ya que no hay frontera (supongo que puedo hacer lo mismo en UK, sólo tengo que pasar un control fronterizo)
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@Vince, en sentido general, eres "EEE". Eso abarca todo lo que tiene que ver con tus derechos, etc. etc.
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@Vince, la respuesta aceptada es para los solicitantes de empleo del EEE; por favor, añada esta calificación a su pregunta para no confundir a la gente
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@GayotFow Efectivamente, la fuente es un portal de empleo, pero por lo que he podido leer, también se aplica al turismo. No sé qué te hace pensar que no se aplica a los turistas. En la segunda respuesta se enumeran las mismas normas sobre la denuncia de la presencia que en la primera.
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Hay tanta información contradictoria aquí que es casi inútil. Mucha de ella es simplemente errónea. Tenga cuidado y consulte únicamente los sitios web oficiales de la UE y del país.
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@chuck Supongo que podrías compartir tus conocimientos si tanto aquí es "sencillamente erróneo". La información oficial y fiable es bienvenida aquí.