Entré en EE.UU. el 2 de diciembre de 2018 con un visado de turista B-2. En mi pasaporte figuraba el 1 de diciembre de 2018 como fecha de entrada y estancia hasta el 30 de enero de 2019 (sólo dos meses de estancia). for my date of entry and stay until January,30,2019 (two months stay only) Date of entry was stamped wrong.However,my I-94 online shows date of entry as December,2,2018 and valid until June,1,2019.(Six months stay).Also,they put the stamp on my visa page.Tried to visit CBP office to find my actual period of stay but,was unsuccessful due to Govt shut down.Should I go by my passport or I-94?
Respuesta
¿Demasiados anuncios?Esta es una respuesta fácil, aunque puede que no sea lo que usted quiere oír. A menos que pueda conseguirlo fijo en una oficina del CBP, manténgase dentro de las fechas que figuran en su sello físico. En aras de la prudencia, yo me fiaría más de lo que pone en tu pasaporte que de lo que figura en su base de datos.
¿Por qué? Porque los funcionarios de inmigración tienen instrucciones específicas de conceder seis meses de entrada a los visitantes B. a menos que tienen razones de peso para no hacerlo, y en ese caso deben justificar el motivo ante un supervisor/director de distrito.
Así pues, no es trivial que un funcionario de inmigración te admita por menos de seis meses. Aunque en tu caso, dados los errores en tu entrada real, podría ser un error que te diera sólo dos meses, no te arriesgues, es una cuestión de riesgo contra recompensa.
Código de Reglamentos Federales
8 CFR 214.2 - Requisitos especiales para la admisión, prórroga y mantenimiento del estatuto.
(b)Visitantes -
- (2) Admisión mínima de seis meses. Cualquier visitante B-2 que sea considerado admisible por otros motivos y al que se expida un formulario I-94 (véase § 1.4), será admitidos por un período mínimo de seis meses, independientemente de que se solicite menos tiempo siempre que el pasaporte exigido sea válido según lo especificado en la sección 212(a)(26) de la Ley. E admisión mínima de seis meses sólo podrán hacerse en casos individuales previa aprobación específica del director de distrito por causa justificada.
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Si no te llega una respuesta mejor, quédate con la más corta, nunca te equivocarás con ella.
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Cuando pasó por el control de pasaportes, ¿le dijo o preguntó el funcionario algo específico que explicara una duración más corta, como que usted estuviera allí con demasiada frecuencia, por ejemplo?
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Este parece un caso claro de "más vale prevenir que curar" (haciéndome eco de Willeke), y estoy de acuerdo con @jcaron en que es difícil decir mucho más sin saber por qué te concedieron un periodo de admisión reducido. Los pasos que deberías plantearte dar también dependen de lo importante que sea para ti poder quedarte más allá del 30 de enero. ¿Lo es?
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En el futuro, deberá comprobar siempre su sello inmediatamente cuando le devuelvan el pasaporte, antes de marcharse del funcionario de inmigración.