Mientras no hayas superado el límite de 90 días en un periodo de 180 días, no has sobrepasado la estancia. Lo que es ilegal es quedarse más tiempo del debido, no perder algunos sellos por sí mismo . Enmarcando el problema de esta manera, la pregunta se convierte en: ¿Quién tiene que demostrar que ha cumplido o no las condiciones de su estancia y cómo?
El artículo 11 del Código de fronteras Schengen estados:
Si el documento de viaje de un nacional de un tercer país no lleva un sello de entrada, las autoridades nacionales competentes pueden presumir que el titular no cumple, o ha dejado de cumplir, las condiciones de duración de de estancia aplicables en el Estado miembro en cuestión.
Así que la carga recae sobre usted y los guardias fronterizos o la policía pueden probablemente imponerle una multa o quizás incluso deportarle o añadir una entrada al SIS si su pasaporte es revisado en algún lugar del espacio Schengen más de 90 días después de su primera entrada y no obtuvo ningún sello de salida/entrada nuevo en el ínterin.
Pero el siguiente párrafo lo es:
La presunción a la que se refiere el apartado 1 podrá refutarse cuando el nacional de un tercer país aporte, por cualquier medio, pruebas creíbles, como billetes de transporte o pruebas de su presencia fuera del territorio de los Estados miembros, de que ha respetado las condiciones relativas a la duración de una estancia corta.
Por lo tanto, debe conservar todo lo que demuestre que estuvo fuera del espacio Schengen (el billete de avión, por supuesto, pero también el contrato de alquiler, las facturas del hotel, el contrato de trabajo, el registro oficial si lo hay, etc.).
Una cosa que no entiendo bien en su pregunta es en qué se basa su estancia actual en Noruega. Noruega es parte del espacio Schengen, por lo que no es cierto que "técnicamente no te has 'ido'" con comillas y adverbio; realmente no te has ido en absoluto, y punto. Si tus vacaciones laborales empiezan después del 1 de septiembre, entonces son realmente sobrepasar la estancia porque no tienes derecho legal a estar en Noruega en este momento según las normas de Schengen.
Por lo que sé, eres responsable de presentar las solicitudes de visado en tiempo y forma y, hasta que la solicitud se haya tramitado, debes cumplir las condiciones de estancia corta en el espacio Schengen. El hecho de que hayas entrado en Noruega con la esperanza de obtener un visado de larga duración o que lo hayas solicitado antes de que finalice el plazo de 90 días no te permite necesariamente permanecer en el país hasta que se haya tomado una decisión.
Por otro lado, si te quedas con el visado de vacaciones por trabajo de un año, supongo que en el visado o permiso de residencia se indicará la fecha en la que comienza su validez. Una vez que lo obtengas, no importa realmente si tenías el documento en tus manos en esa fecha, puedes utilizarlo para demostrar que tenías derecho a estar en Noruega y mostrar tu billete para demostrar que realmente hiciste uso de ese derecho.