Hay dos fuentes de derechos de viaje involucradas:
- Aquellos que tienes porque eres un familiar de un ciudadano de la unión.
- Aquellos que tienes porque tienes un permiso de residencia de un país del espacio Schengen.
Los derechos de la parte (1) generalmente dependen de que acompañes o te unas al ciudadano de la unión.
Los derechos de la parte (2) no. Puedes tener tu permiso de residencia porque eres un familiar, pero un permiso de residencia sigue siendo un permiso de residencia, y te otorga los mismos derechos que otros permisos de residencia.
Parte de los derechos de la parte (2) es hacer viajes cortos dentro del área Schengen hasta 90 días de cada 180. Dado que esto se activa puramente por tener un permiso de residencia, no necesitas acompañar a tu esposa para utilizarlo.
Por comparación, si quieres ir a un estado de la UE que no está en Schengen, como Irlanda, necesitarías depender de los derechos que solo se activan al acompañar o unirte a un ciudadano de la unión. (Debido a tu tarjeta de residencia del Artículo 10, es posible que no necesiten una visa de tu parte, pero según mi entendimiento de la directiva aún podrían decidir no dejarte entrar cuando viajas solo, igual que pueden negar la entrada a cualquier nacional sin visa que llegue a la frontera).
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Noruega está en Schengen!
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@Sebastian sí lo es, pero como señala la respuesta de Henning Makholm, hay bastante confusión al respecto porque la directiva de libre circulación no se aplica cuando el familiar no pertenece a la UE viaja solo.