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Período de gracia del visado F1 para asistir a una conferencia

Actualmente estoy en Estados Unidos con un visado F1 para estudiar. Mi I-20 es válido hasta el 19 de mayo, ya que entonces mi programa termina. Normalmente estudio en Canadá (estoy allí con un permiso de estudios con pasaporte de Austria).

Antes de volver a Canadá quería visitar una conferencia en Estados Unidos (en otro estado, tendré que coger un avión). La conferencia comienza el 20 de mayo y dura 6 días.

Mi pregunta es ¿puedo asistir a la conferencia, ya que estoy en el período de gracia de mi visado F1? Tenga en cuenta que la conferencia no forma parte de mi programa en los Estados Unidos.

Segunda pregunta: ¿Puedo obtener el reembolso de esta conferencia por parte de los organizadores de la misma? Probablemente, me encontraría con problemas, ya que esto podría ser considerado como un tipo de trabajo, lo que definitivamente no estoy autorizado a hacer.

¿Es posible, de alguna manera, solicitar un ESTA y obtener un sello B1 en él? Pero sólo tengo vuelos nacionales, así que supongo que esto no funciona.

¿Tiene alguna sugerencia sobre cuál es la mejor manera de proceder para asistir a la conferencia y tal vez no perder el reembolso?

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¿Su I-94 ¿demuestra que estuvo admitido hasta el 19 de mayo o que fue admitido por duración de estatus (D/S)?

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Dice: Admit Untile Date: D/S

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phoog Puntos 2256

D/S, que significa "duración del estatus", significa que has sido admitido mientras permaneces en estatus F-1. Usted permanece en estatus F-1 hasta el final de su programa más el período de gracia de 60 días , suponiendo que complete su programa satisfactoriamente.

Estar en el estatus B-1 no cambiará las respuestas a tus otras preguntas.

¿puedo asistir a la conferencia, ya que estoy en el período de gracia de mi visado F1?

Esto debería estar bien.

¿Pueden los organizadores de la conferencia reembolsarme los gastos de la misma? Probablemente, me encontraría con problemas, ya que esto podría ser considerado como un tipo de trabajo, lo que definitivamente no estoy autorizado a hacer.

Depende de para qué sean los reembolsos. Si cubren tus gastos, debería estar bien. Si te pagan por algún servicio, o si te dan algo a cambio de tus servicios, probablemente no esté bien. Usuario mkennedy señala que no deben pagarle por hacer incluso cosas pequeñas, como sentarse en el mostrador de registro.

Yo iría un poco más lejos: no hagas nada de eso, ni siquiera de forma voluntaria. La ley de inmigración de EE.UU. acepta que no se puede eludir la falta de autorización de trabajo ofreciéndose como voluntario para trabajar sin cobrar.

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Sin embargo, el periodo de gracia F-1 contiene restricciones, en particular la exclusión de trabajo y estudio. ¿Asistir a una conferencia es trabajar y/o estudiar?

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@Klaus No, es turismo/negocio. Para ser "estudio" en la legislación estadounidense, generalmente tiene que contar para un título académico (o un certificado de profesionalidad adecuado para el estatus M).

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@Klaus no. En una conferencia no es ni trabajo ni estudio, por lo que se permite a los visitantes B.

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