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La compañía aérea (lowcost) ha cambiado mi reserva, ¿qué opciones tengo?

Una compañía aérea en cuestión tiene 3 vuelos al día a mi destino, uno ridículamente temprano por la mañana, otro por la tarde y otro a última hora de la noche. Como el de la tarde era el único que me convenía (viajaba con un bebé), reservé el de la tarde, aunque me costara un poco más. Una semana después, recibí el siguiente correo electrónico:

Lamentablemente, hemos tenido que cambiar su reserva. Nos disculpamos por cualquier inconvenientes que esto pueda causarle.

Por favor, revise cuidadosamente la información de su nuevo vuelo (fecha, hora número de vuelo, aeropuerto de salida). Si está de acuerdo en aceptar el cambio, haga clic en el botón situado en la esquina inferior izquierda de la página. Si no está de acuerdo, le aconsejamos que se ponga en contacto con el centro de llamadas para cambiar su reserva (en ese caso se aplicará un recargo, como se indica en las condiciones tarifarias y las condiciones generales de transporte).

Le recordamos que es esencial que responda a este correo electrónico ya que necesitamos saber si está al tanto de los cambios en su reserva.

El cambio en cuestión es cambiar mi reserva de la tarde a la noche. Hasta ahora no he aceptado el cambio ni he reconocido que estoy al tanto de él.

¿Cuáles son las opciones prácticas para afrontar la situación?


Actualización para responder a los comentarios:

La compañía aérea tiene su sede en los Países Bajos, por lo que se aplican las normas de la UE y de los Países Bajos.

En cuanto a condiciones tarifarias Parece que la parte relevante dice:

2.El horario de vuelo aplicable es el horario de vuelo que se aplica en la fecha de salida. El horario de vuelo puede modificarse después de después de la emisión del billete. En ese caso, se informará a los Pasajeros informará a los Pasajeros a través de los datos de contacto facilitados en el momento de la reserva. reserva. El Pasajero es responsable de proporcionar al Transportista sus sus datos de contacto para que pueda ser contactado en caso de cambios en los horarios de los vuelos. No obstante, el Pasajero deberá comprobar con el Transportista antes de la fecha de salida prevista si los los horarios de vuelo que figuran en sus billetes no han sido modificados. En En el caso de que se produzca un cambio en el horario que resulte inconveniente para el Pasajero, éste podrá solicitar un reembolso como se indica en el Artículo X(2)

Sin embargo, no estoy seguro de cómo puedo verificar que realmente han cancelado el vuelo, y no sólo que lo han reservado en exceso (es dentro de 6 meses, así que todavía no aparece en el horario del aeropuerto).

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Zoredache Puntos 84524

Dado que es un vuelo europeo, Reglamento UE 261/2004 es relevante y cubre sus opciones.

Además de la normativa completa (enlazada más arriba), hay un resumen en Wikipedia que cubre su situación.

En resumen, como el vuelo está a más de dos semanas de distancia, no te corresponde ninguna compensación, pero el artículo 8 de la UE 261/2004 señala explícitamente las opciones que la compañía aérea tiene que darte en este caso. En concreto:

Derecho al reembolso o al desvío

  1. Cuando se haga referencia al presente artículo, se ofrecerá a los pasajeros la posibilidad de elegir entre (a) - el reembolso en un plazo de siete días, por los medios previstos en el apartado 3 del artículo 7, del coste total del billete al precio al que se compró, por la parte o partes del viaje no viaje no realizado, y por la parte o partes ya realizadas si el vuelo ya no sirve para nada en relación con el plan de viaje original del pasajero el plan de viaje original del pasajero, junto con, en su caso, - un vuelo de vuelta al primer punto de partida, a la mayor brevedad posible; b) un transporte alternativo, en condiciones de transporte comparables, a su destino final destino final a la mayor brevedad posible; o (c) un desvío, en condiciones de transporte condiciones de transporte comparables, hasta su destino final en una fecha posterior (c) el cambio de ruta, en condiciones de transporte comparables, hasta su destino final en una fecha posterior que convenga al pasajero, siempre que haya plazas disponibles.

  2. La letra a) del apartado 1 se aplicará también a los pasajeros cuyos vuelos formen parte de un viaje combinado, excepto en lo que respecta al derecho de reembolso cuando dicho derecho se derive de la Directiva 90/314/CEE.

  3. Cuando, en el caso de que una ciudad o región esté servida por varios aeropuertos, un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo ofrezca a un pasajero un vuelo a un aeropuerto alternativo al de la reserva, el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo compañía aérea encargada de efectuar el vuelo correrá con los gastos de traslado del del pasajero desde ese aeropuerto alternativo, bien al aeropuerto para el que se reserva o a otro destino cercano acordado con el pasajero. pasajero.

La compañía aérea conocerá muy bien estas condiciones (y es probable que infrinja otra sección del código si no le ha informado de su existencia y de que es relevante), así que si no le parece que cooperen, no tiene que hacer mucho más que mencionar que conoce sus derechos en virtud del artículo 261 de la UE y lo más probable es que cambien sus respuestas muy rápidamente.

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