La decisión:
He rechazado su solicitud de visado de visita porque estoy que se aplica el apartado V3.6.
De acuerdo con el párrafo V3.6 de las Normas de Inmigración, una persona debe se le denegará automáticamente el permiso de entrada si se utilizan declaraciones o documentos falsos documentos falsos (sean o no importantes para la solicitud y o no con el conocimiento del solicitante), o si no se revelan hechos materiales o no se revelan hechos materiales en relación con la solicitud. Una declaración falsa a estos efectos es una mentira, o una declaración falsa en una solicitud de visado solicitud de visado, realizada de forma oral o escrita.
En su actual formulario de solicitud de visado ha declarado que va a viajar al Reino Unido durante 5 días para ver a su amigo. Usted ha declarado en su solicitud que nunca le han denegado un visado para el Reino Unido Sin embargo, los registros del Ministerio del Interior muestran que anteriormente presentó una solicitud de entrada en el Reino Unido para la que se le denegó la entrada. Usted solicitó y le fue denegada su solicitud en DHAKA (BHC) 431876 el 14/01/2008 cuando solicitó un visado para entrar en el Reino Unido. Estoy convencido de que se le dieron amplias oportunidades para revelar información relevante sobre estas solicitudes. El hecho de que haya optado por omitir dicha información socava su credibilidad y no estoy dispuesto a ejercer discreción a su favor.
Estoy convencido de que ha hecho declaraciones falsas en apoyo de su solicitud y que, por lo tanto, ésta debe ser rechazada en virtud del párrafo V3.6 del Apéndice V de las Normas de Inmigración. Usted Debe tener en cuenta que, dado que esta solicitud de autorización de entrada ha sido ha sido rechazada en virtud del apartado V3.6 de las Normas de Inmigración, cualquier solicitudes futuras también pueden ser rechazadas por la misma razón, en virtud del párrafo 320 (7B) de las Normas de Inmigración o el párrafo V3.7 del Apéndice V de las del Reglamento de Inmigración. Una denegación en virtud del apartado V3.7 de las Reglas de Inmigración puede conllevar un período de denegación automática de hasta 10 años. El periodo comienza a partir de la fecha del hecho anterior en el que el engaño o la presentación de documentos o información falsificados. empleada.
También estoy convencido de que ha utilizado el engaño en esta solicitud. Esto significa que las futuras solicitudes de autorización de entrada también pueden ser rechazadas en virtud de las normas de inmigración durante un periodo de hasta 10 años dependiendo del tipo de solicitud que presente. El periodo de 10 años comienza a partir de la fecha en que se utilizó el engaño en esta solicitud de visado.