Hace unos meses, fui condenado y multado nominalmente por exhibición indecente en mi país de residencia (diferente de mi país de nacionalidad y origen). De todo lo que he leído en línea, incluyendo los casos relacionados con la BIA (Junta de Apelaciones de Inmigración) de EE.UU., no estoy seguro de si mi caso en particular calificará como un CIMT (delito de vileza moral) y me hará inadmisible. Si no se prueba esto solicitando un visado para comprobar mi admisibilidad, ¿puede alguien de aquí arrojar luz sobre esto?
Segundo, y para complicar las cosas, hace un par de años obtuve una visa B1/B2 (tipo M - entrada múltiple) válida por 10 años. ¿De qué manera los EE.UU. se aseguran de que las personas que desarrollaron (graves) antecedentes penales después de obtener un visado como el mío se mantienen fuera? Si trato de entrar a los EE.UU. con esta visa, ¿habrá una pregunta (tal vez en un formulario de desembarque - me olvido de qué documentos exactamente están involucrados si ya tiene una visa) sobre las condenas pasadas - que tengo la intención de responder con la verdad? ¿Puede el oficial de la CBP en los EE.UU. leer mi respuesta y negarme la entrada?
Esencialmente, quiero averiguar si sigo siendo admisible en los EE.UU. después de mi condena. Si no tuviera un visado B1/B2, habría solicitado uno para ver si se me permitiría entrar. Sin embargo, tener el visado ya no me deja esa opción. ¿Qué opciones tengo para averiguar esto ahora sin el riesgo de que me nieguen la entrada cuando llegue a los EE.UU.?
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Relacionado, posiblemente duplicado: travel.stackexchange.com/questions/83717/
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Su visado no le impide adoptar un nuevo visado.
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¿Cuál es la pena máxima por el delito por el que fue condenado?
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Ver travel.stackexchange.com/questions/86857/
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Antes de pasar a hacer el análisis, primero hay que confirmar que la exposición indecente en su país es equivalente a la exposición indecente bajo los estatutos federales de los Estados Unidos.
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Enfoques para determinar los elementos de las condenas penales estatales Para determinar si una condena penal de un tribunal estatal entra dentro de un motivo especificado a nivel federal, el tribunal de inmigración debe evaluar si los elementos del delito por el que se condena al acusado se corresponden directamente con los elementos de un motivo penal especificado en la ley federal de inmigración y además no deja ninguna posibilidad de que la condena haya sido por un delito no relacionado con la inmigración.
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Hay tres enfoques para determinar si una condena es por un delito relacionado con la inmigración: - el enfoque categórico; - el enfoque categórico modificado; y - el enfoque fáctico para los requisitos específicos de las circunstancias. sji.gov/wp/wp-content/uploads/
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@phoog ¿Quieres decir que todavía puedo solicitar un visado B1/B2? ¿Todo el proceso de solicitud de visado procederá con total desconocimiento del hecho de que ya tengo uno?
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@user56513 gracias, le daré una lectura a estos planteamientos. Interesante material geek (:
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Es decir, sí, puedes solicitar un visado B1/B2. Seguramente sabrán que todavía tienes uno válido, así que tendría sentido explicar que solicitas uno nuevo porque quieres que se determine de nuevo tu admisibilidad a la luz de tu condena. Teniendo en cuenta su otro comentario Sin embargo, creo que puedes estar bastante seguro si sólo viajas a la frontera. Esté preparado para mostrar el oficial en la frontera que la pena máxima fue de 3 meses.