Tengo una oferta de prácticas de posgrado de un año en el Laboratorio Nacional de Los Álamos (soy ingeniero y estudiante de doctorado en ingeniería) y probablemente me concedan un visado J-1 (becario de investigación). En realidad ya estoy en LANL por un periodo más corto y con un contrato diferente, con un programa de exención de visado (ESTA).
Lo que me preocupa es el temido "requisito físico de dos años en el país de origen", ya que quiero quedarme mucho tiempo en Los Álamos, y ya tengo contactos potenciales para seguir con un postoc aquí (siempre y cuando me quede aquí durante el doctorado para que me conozcan mejor). La regla de los dos años me impediría obtener un nuevo J-1, mientras que la regla de la "barra de 24 meses" me impedirá obtener otro J-1.
Vengo de Italia, que no aparece en la "lista de competencias": https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/visa-information-resources/skill-list-by-country.html
El programa no lo va a fundar mi país ni forma parte de mi tesis doctoral, y no tendré beca durante las prácticas. Seré contratado por el laboratorio (por lo que seré un empleado) y recibiré un salario por un importe total de 50.000 - 60.000 $ según la duración exacta de las prácticas. Como Los Álamos está financiado por el Gobierno de EE.UU., creo que se me aplicará la regla de los dos años.
Estas son mis posibilidades:
1) La primera es la "exención de objeción". Pero hay un problema: como se puede leer en el siguiente enlace, "Una carta de "no objeción" suele ser insuficiente para garantizar una recomendación favorable del Secretario de Estado cuando en el programa de intercambio intervino financiación del gobierno estadounidense".
Texto completo aquí: https://www.uscis.gov/ilink/docView/AFM/HTML/AFM/0-0-0-1/0-0-0-19459/0-0-0-19728.html
Una vez más, el laboratorio está financiado por el gobierno estadounidense. Así que supongo que esta opción no funcionará, ¿tengo razón?
2) La exención de la "agencia gubernamental interesada", en caso de que obtenga un trabajo después y mi institución (Los Álamos) piense que la norma de los dos años sería perjudicial para los intereses de Estados Unidos. En teoría, se trata de una opción. En la práctica, ¿alguien sabe si es factible? De nuevo, la financiación pública puede complicar las cosas.
Información aquí: https://www.uscis.gov/ilink/docView/AFM/HTML/AFM/0-0-0-1/0-0-0-19459/0-0-0-19747.html
3) No aceptar en absoluto un visado J-1.
¿Puede alguien aconsejarme, por favor?
Muchas gracias de antemano.
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