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Necesidad de exención de la sección 212 (a)(6)(c)(i)

En 2014, mi hijo nació en Arlington Heights, Estados Unidos. En 2015 fui deportado desde un aeropuerto de Chicago con mi mujer y mi hijo ciudadano estadounidense.

Volví a solicitar un visado de visitante en 2017; me dieron un papel verde y me pidieron que pagara la factura del hospital. La pagué y envié el recibo al consulado, pero no me dieron el visado.

Me presenté de nuevo en enero de 2019. El funcionario consular me dio una carta en la que decía que era inadmisible según la sección 212 (a)(6)(c)(i), lo que significa que tengo que conseguir una exención para ser admisible.

¿Es posible obtener una exención dadas mis circunstancias? ¿Podré obtener un visado si consigo una exención?

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¿Qué tipo de visado? ¿Visitante o inmigrante? Después de una deportación parece bastante improbable que consigas un visado de no-inmigrante (visitante)

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Las exenciones son para las personas que tienen circunstancias excepcionales que les obligan a visitar Estados Unidos. Tiene usted circunstancias excepcionales?

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212 (a)(6)(c)(i) Las exenciones son por fraude/falsedad. Veo dos problemas en su situación, a saber carga pública por el uso indebido de la ayuda pública y la propia falsedad. Incluso si se exime de la declaración falsa, no veo que consigas el visado por tener un historial de mal uso de la asistencia pública. Puedes conseguir un abogado ya que obviamente no tienes conocimiento de estas cosas y esta es una situación compleja sin embargo en mi opinión tus posibilidades de éxito son escasas y nulas

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user102008 Puntos 2666

Asumo que sigue solicitando un visado de visitante, por lo que la exención que necesita es una exención de no inmigrante. Cuando te denieguen el visado, y sólo te lo denieguen por prohibiciones y no por intención de inmigrar, el funcionario puede recomendarte una exención. Si le recomiendan para una exención, le informarán sobre el proceso. Si no te recomiendan para una exención de no inmigrante, no hay mucho que puedas hacer.

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Acabo de darme cuenta de que (a)(6)(C)(i) es una tergiversación. Si alguien es declarado inadmisible en virtud de esa sección, ¿hay alguna forma de impugnar la declaración de falsedad? Por lo que sé, ni siquiera hay forma de averiguar qué tergiversación se alega. ¿Es eso cierto?

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