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Visado Schengen: ¿entra el registro de una solicitud retirada en el VIS?

Primero recibí una denegación de visado de turista de corta duración del consulado suizo. Iba a ir a varios países, así que, con las prisas por salvar mi viaje y mi dinero, presenté una nueva solicitud en la embajada de Eslovenia un día después. Mi intención no era aprovecharme de una laguna legal, sino que había alterado mis planes a propósito para no tener que cancelar mi viaje y hacer que la estancia en Eslovenia fuera la más larga del itinerario. Entonces entré en Internet y descubrí que la compra de visados es un problema y está mal vista. Así que retiré inmediatamente mi solicitud enviando una carta. Recibí mi pasaporte y todo el material original de la solicitud dos días más tarde, sin ninguna carta/instrucción escrita de la embajada.

Mi pregunta es: si mi solicitud de retirada será introducida en el VIS. ¿Tengo que abordar esta situación la próxima vez que presente una solicitud? En Nueva York, donde yo presento mi solicitud, no te presentas cara a cara con un entrevistador para explicar las circunstancias. Todo se gestiona a través de VFS (la definición misma de corporación malvada). Así que, en el mejor de los casos, puedo escribir una carta de presentación y me pregunto si el funcionario encargado de los visados sabrá de la retirada de la solicitud y, por lo tanto, si es necesario abordarla.

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Ozzy Puntos 98

Si se introdujo o no en el sistema ESTA VEZ, quién sabe. La única manera de saberlo con certeza es solicitar la información de su VIS.

PERO el procedimiento habitual del funcionario consular es actualizar el expediente de solicitud con una nota de retirada y una explicación del motivo.

Artículo 10 Apartado 2 del Reglamento del Sistema de Información de Visados de Schengen estados:

  1. Si el solicitante retira la solicitud o no la prosigue antes de que se haya tomado una decisión sobre la expedición del visado, la autoridad encargada de los visados ante la que se presentó la solicitud indicará que la solicitud se ha cerrado por estos motivos y la fecha en que se cerró.

Si tiene curiosidad por saber qué más contiene este sistema, consulte: ¿Qué información contiene el VIS?

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Gracias por eso. Entonces, ¿podría solicitar información a la embajada eslovena?

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Creo que no hay ningún problema en solicitarlo a las misiones diplomáticas eslovenas o suizas, ya que ven y comunican la misma información. El artículo 38.1 dice: Sin perjuicio de la obligación de proporcionar otra información de conformidad con el artículo 12, letra a), de la Directiva 95/46/CE, toda persona tendrá derecho a obtener la comunicación de los datos que le conciernen registrados en el VIS y del Estado miembro que los haya transmitido al VIS. Este acceso a los datos sólo podrá ser concedido por un Estado miembro. Cada Estado miembro registrará las solicitudes de dicho acceso.

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Es muy vago y dice "Un Estado miembro". Así que parece que cualquiera de los dos consulados debería funcionar.

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