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Qué hacer después de que se rechace una reclamación de indemnización

Tuve un vuelo con una compañía aérea con una parada. El primer vuelo se retrasó más de 3 horas por culpa de la tripulación de cabina de la compañía aérea, dos de ellos han abandonado el avión y el personal de tierra anunció que la tripulación de cabina está enferma y estuve en el aeropuerto desde las 15h55 hasta las 21h45.

Llegué al aeropuerto de conexión a las 00h00 en lugar de a las 19h35 y me encontré con que mi segundo vuelo estaba cancelado. Estuve más de 3 horas en una larguísima cola sin llegar al personal de tierra, porque sólo había dos tripulantes de tierra y había muchos pasajeros en la cola. Entonces me ofrecieron un vuelo al día siguiente con un billete para cenar a las 03h30 y pasé la noche en el aeropuerto y no en el hotel sin mis medicinas que estaban en mi equipaje facturado.

Una vez llegado a mi destino final, mi equipaje facturado no estaba allí, y se pusieron en contacto conmigo al día siguiente para que volviera al aeropuerto a recuperar mi equipaje porque esta compañía aérea no hace entregas en mi país.

Este retraso hizo que llegara tarde a mi trabajo y que me perdiera una reunión importante. Pedí que se me reembolsara y compensara por completo:

1- El retraso del vuelo más de 09 horas. 2- La cancelación del segundo vuelo. 3- El tiempo que pasé en los dos aeropuertos sin comida ni medicinas. 4- La noche que pasé en el aeropuerto. 5- La reunión importante que perdí. 6- El incidente que ocurrió con mi equipaje facturado.

pero su respuesta fue:

Con respecto a su reclamación, la empresa ha realizado un análisis exhaustivo de su caso, que entra en el ámbito de aplicación del Reglamento 261/2004 y de la jurisprudencia de aplicación establecida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Sin embargo, en este caso, lamentablemente debemos informarle de que no corresponde ninguna compensación económica porque el retraso de su vuelo se debe a una circunstancia ajena a la compañía. El retraso se debió a una huelga externa de proveedores de servicios en tierra que no son empleados de la aerolínea.

Como el empleo de estos contratistas no forma parte de la gestión normal de nuestra empresa, la huelga estaba por tanto completamente fuera de nuestro control, ya que no teníamos ninguna influencia ni papel que desempeñar en las negociaciones con estos contratistas y su empleador.

En este sentido, se justifica la excepción de "circunstancias extraordinarias", recogida en el artículo 5.3 del Reglamento y en la doctrina del TJCE.

Debido a la naturaleza de este suceso, la empresa no pudo evitar el incidente en cuestión, ya que fue causado por circunstancias imprevisibles e inevitables ajenas a nuestro control. Por ello, la empresa no pudo aplicar medidas adicionales para intentar minimizar las molestias.

¿qué puedo hacer para que me compensen?


Traducción aproximada al inglés:

En cuanto a su reclamación de indemnización, la empresa ha realizado un análisis exhaustivo de su caso, que se enmarca dentro de la norma CE 261/2004 y la jurisprudencia establecida por el Tribunal de Justicia de la UE.

Lamentablemente, debemos informarle de que no corresponde ninguna indemnización, ya que el retraso de su vuelo se debió a una circunstancia ajena a la compañía aérea. En efecto, fue provocado por una huelga externa de proveedores de servicios en tierra que no son empleados de la compañía.

Como estos proveedores de servicios no son empleados de la empresa, la huelga estaba completamente fuera de nuestro control; no teníamos ninguna influencia ni desempeñábamos ningún papel en las negociaciones entre estos proveedores de servicios y su empleador.

Por ello, se justifica la excepción de las "circunstancias extraordinarias", recogida en el artículo 5.3 de la norma y en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE.

Debido a la naturaleza de este suceso, la empresa no pudo evitar el incidente, que fue causado por circunstancias imprevisibles e inevitables ajenas a nuestro control. En consecuencia, la empresa no pudo emplear medidas adicionales para minimizar los inconvenientes.

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¿Qué aerolínea y qué ciudades de origen y destino?

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Además, ¿cuáles eran los horarios originales del vuelo, y cuáles eran las horas reales de llegada de cada uno? ¿Y cuál fue el motivo de la cancelación del segundo vuelo?

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Primer vuelo de 17:55 a 19:35 ... segundo vuelo de 21:40 a 22:00 (hora local de destino). Por lo tanto, aunque el segundo vuelo no se cancelara, no era posible realizarlo.

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Christoph Rüegg Puntos 1620

Según el EC261, hay dos cosas diferentes que una compañía aérea puede deberle:

  • Cuidado y asistencia . Esto es algo de lo que no pueden librarse a menos que haya circunstancias realmente muy, muy especiales (piense en la erupción de un volcán). Esto incluye las comidas, los hoteles (y los traslados asociados) si hay que pernoctar, la comunicación... Deberían haberte proporcionado una habitación de hotel en esta situación. Sin embargo, no está claro qué recurso tienes si no te la dieron en su momento (si pagaste un hotel, tienen que reembolsarte, dentro de unos límites, pero si no lo hiciste...).

  • Compensación por los retrasos . En este caso, está claro que se retrasó lo suficiente en su destino final (eso es lo único que cuenta) para tener derecho a una indemnización (unos cientos de euros, la cantidad exacta depende de la distancia entre los aeropuertos de origen y destino), a menos que haya circunstancias extraordinarias. Que el personal de cabina esté enfermo no son circunstancias extraordinarias. Las huelgas del personal de la aerolínea tampoco lo son. Sorpresa Las huelgas de terceros pueden ser circunstancias extraordinarias, así como las huelgas del personal de ATC. Las huelgas de terceros conocidas de antemano no lo son. Así que habría que averiguar qué ocurrió exactamente, ya que parecen presentar una historia diferente.

Sin embargo, como usted tenía una conexión, y hubo problemas en ambos vuelos, será difícil determinar cuáles son las cuestiones que se consideran la causa del retraso final El retraso inicial del primer vuelo o la cancelación del segundo. Esto puede ser bastante complicado de resolver.

Muchas (¿la mayoría?) de las compañías aéreas intentarán librarse de la indemnización del EC261 por cualquier medio (hemos tenido algunos ejemplos sórdidos por aquí). Lamentablemente, la forma de obtener una indemnización (si es que se le debe) una vez que rechazan su solicitud inicial es bastante compleja. En algunos casos puede haber una parte designada por la aerolínea para la resolución alternativa de conflictos (ADR), que puede ayudar a agilizar el proceso. De lo contrario, tendrá que reclamar a la autoridad nacional competente, que suele tener muy poca fuerza, o a través de los tribunales, lo que le llevará tiempo y dinero (ya que debería contratar a un abogado si quiere tener alguna posibilidad contra la aerolínea).

Ayudaría si pudiera determinar cuáles fueron las circunstancias exactas (para ambos vuelos) . Los informes de noticias sobre una huelga (o la ausencia de ella), los registros de salidas/llegadas en los mismos aeropuertos, etc., ayudarían. Si está convencido de que su caso tiene mérito, puede seguir adelante, de lo contrario probablemente sea una pérdida de tiempo. Una solución sencilla es utilizar los servicios de una de las muchas empresas que lucharán por usted a cambio de una comisión (normalmente alrededor del 30% de la indemnización). Tienen mucha experiencia en esto y podrán decirte si el caso tiene alguna posibilidad de ser ganado. Las otras soluciones suelen ser más complejas.

En cuanto a su lista de quejas:

1- El retraso del vuelo más de 09 horas.

2- Cancelación del segundo vuelo.

Estos dos son uno y el mismo, realmente. Para la compensación del EC261, lo único que cuenta es el retraso que hayas tenido en el destino final.

3- El tiempo de permanencia en los dos aeropuertos sin alimentos ni medicinas.

4- La noche que pasé en el aeropuerto.

Ver arriba sobre la comida y el hotel. No cabe duda de que han incumplido sus obligaciones en este caso. No está claro qué tipo de compensación puedes obtener.

No tener sus medicamentos no será considerado por nadie. Es su responsabilidad tener los medicamentos necesarios y tener en cuenta los posibles retrasos. Debe nunca, jamás lleve en su equipaje facturado los medicamentos necesarios si puede necesitarlos en un plazo de 48 horas. Los retrasos y las cancelaciones de vuelos ocurren por muchas razones, el equipaje se retrasa, se desvía o se pierde todos los días. No puede culpar a la aerolínea (ni a nadie, en realidad) si no tiene a mano los medicamentos necesarios para al menos 48 horas en todo momento.

5- La importante reunión que me perdí.

6- El incidente que se produjo con mi equipaje facturado.

El EC261 no lo contempla. Tal vez quiera examinar la indemnización en virtud del Convenio de Montreal. Normalmente es mucho, mucho menos útil que el EC261, pero nunca se sabe. Me sorprende el hecho de que la aerolínea no le entregue directamente en su casa/hotel/trabajo.

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Gracias por su respuesta. Para la atención y asistencia, llegué al aeropuerto a las 00h00 y estuve en una cola muy larga de más de 3 horas, que un personal de tierra me dio un ticked para un vuelo a las 5h55 y un ticked para la cena en el aeropuerto ya que solo quedan unas 3 horas para el vuelo . En cuanto a la razón del retraso, vimos dos tripulaciones de cabina salir del avión y el personal de tierra tratando de hablar con ellos y luego el personal de tierra de la compañía aérea anunciar que la razón es que la tripulación de cabina está enfermo y para el segundo no dio la razón.

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Hay excepciones a la regla de los hoteles si, de hecho, se añaden más retrasos, como parece ser el caso. No has especificado cuáles eran los tiempos originales y finales. Por lo que has escrito, parece que aunque el primer vuelo se retrasara, habrías llegado al segundo si no se hubiera cancelado. Si ese es el caso, sólo es importante el motivo del retraso del segundo vuelo.

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Primer vuelo de 17:55 a 19:35 ... segundo vuelo de 21:40 a 22:00 (hora local de destino). Por lo tanto, aunque el segundo vuelo no se cancelara, no era posible realizarlo.

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