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¿Tengo que solicitar la exención del visado J1 del requisito de presencia física de dos años en el país de origen?

Solicité un visado J-1 en 2013 como estudiante de intercambio en una universidad estadounidense. Lamentablemente, la embajada estadounidense emitió mi visado demasiado tarde, por lo que decidí no venir a Estados Unidos en ese momento. En otras palabras, no utilicé ese visado J-1 en absoluto.

Un año después, vine a Estados Unidos como estudiante F-1. Me graduaré pronto y empezaré mi nuevo trabajo en unos meses. Me gustaría solicitar un visado H1B y la empresa está dispuesta a patrocinarlo.

En este caso, ¿tengo que solicitar la exención J-1 del requisito de presencia física de dos años en el país de origen del USCIS y de mi país de origen ? Parece que mi caso es un "caso de esquina" porque el formulario DS3035 (el formulario para la exención) requiere una fecha de entrada del visado J-1. Evidentemente, no dispongo de esos datos porque mi visado J-1 no se utiliza nunca.

Editar : Perdón por publicar este hilo en este sitio. Pensaba que el sitio de "viajes" permitía cualquier tipo de post sobre cuestiones de visados. Debería haber leído las directrices antes de publicarlo. ¿Es posible transferir este mensaje a la página de expatriados ¿el sitio?

La razón por la que quiero trasladar este post es que la respuesta de Michael es bastante buena y resuelve mi problema "de esquina". Podría ser útil para algunas personas en la misma situación.

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bosnic Puntos 534

Si nunca utilizaste el visado J-1 y nunca entraste en EE.UU. con el estatus J-1 y nunca participaste en el programa de intercambio, entonces el requisito de dos años de residencia no se aplica a ti y por supuesto no necesitas una exención para ello.

Para cumplir el requisito, tienes que entrar en Estados Unidos con el estatus J-1 y participar en un programa de intercambio, no sólo recibir un visado.

La normativa exige, entre otras cosas, que haya entrado en EE.UU. con estatus J-1, o que haya cambiado su estatus a J-1, y que haya participado en un programa de intercambio. ( 22 CFR 41.63(a) )

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Muchas gracias. Miguel. He enviado la misma pregunta al USCIS por correo electrónico. Espero que me respondan pronto. Sin embargo, su respuesta es obviamente clara para mí.

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