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Volver a Estados Unidos de visita después de haber superado la estancia

Soy de la isla de Turcas y Caicos, pero cuando tenía 15 años mi madre y mi padre me enviaron a los EE.UU. y me quedé allí durante 10 meses....im 19 años ahora ... después de cuántos años puedo volver a los EE.UU. para visitar?

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"se quedó allí diez meses": ¿cuánto tiempo estuvo en total?

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bosnic Puntos 534

No tiene que esperar ningún tiempo para volver a Estados Unidos.

Para que se le prohíba entrar en EE.UU. durante un periodo de tiempo, debe acumular presencia ilegal . La duración de la prohibición varía en función de la presencia ilegal que hayas acumulado, es decir, del tiempo que hayas sobrepasado.

Sin embargo, hay una excepción: Los menores de 18 años no pueden acumular presencia ilegal. Dado que su sobreestadía se produjo en su totalidad cuando era menor de 18 años, no se tendrá en cuenta para prohibirle la entrada.

Es posible que tengas que explicar las circunstancias cuando solicites un visado o al funcionario de inmigración. Así que no debes decir que nunca te quedaste más de la cuenta, sino que te quedaste más de la cuenta cuando eras menor de 18 años (y posiblemente por qué lo hicieron tus padres, si lo sabes).

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"Los menores de 18 años no pueden acumular presencia ilegal". Para ser más precisos, los menores de 18 años no acumulan "presencia ilegal" a los efectos de la prohibición INA 212(a)(9)(B) (la prohibición de acumular 180 días/1 año de presencia ilegal y luego salir) que es la que preocupa al PO. Sin embargo, los menores de 18 años sí acumulan "presencia ilegal" a efectos de la prohibición INA 212(a)(9)(C) (la prohibición por acumular 1 año de presencia ilegal o ser deportado y luego intentar entrar ilegalmente de nuevo).

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@user102008 Esto es cierto. Pero como a la OP no se le ha ordenado previamente la expulsión de los EE.UU. por un juez de inmigración, y no está tratando de entrar ilegalmente, no se aplica realmente a ella. Sin embargo, puede aplicarse a alguien más que lea esto.

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No estamos completamente seguros de que la estancia completa haya sido antes de los 18 años, dependiendo del estatus de la persona. Algunos estatus vienen con un periodo inicial de admisión de dos años, por lo que (incluso sin ampliar el estatus) si la admisión fue menos de seis meses antes de cumplir los 17 años, el viajero habría activado la prohibición de tres años. Además, para ser precisos, hay otras prohibiciones que pueden surgir por razones que no tienen nada que ver con la sobreestadía.

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