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Extensión de la estancia en EE.UU. debido al cierre de COVID-19

Mi esposa y yo somos ciudadanos indios con visados válidos de EE.UU. B2. Vinimos a visitar a nuestros hijos el 8 de diciembre de 2019. Nuestra estancia autorizada termina el 8 de junio de 2020. Hemos planeado regresar el 3 de junio de 2020. Tenemos boletos de regreso válidos.

Ahora, debido al bloqueo de COVID-19, no estamos seguros de que podamos volar según lo planeado.

Por lo tanto, estamos considerando solicitar una extensión de la estancia solicitando una extensión de la visa I-539. ¿Cuándo es el mejor momento para solicitarla? Quiero decir, ¿deberíamos solicitarla ahora, o esperar a que pase un poco más de tiempo para ver si el cierre se relaja y podemos volar como estaba previsto?

Otro problema es que mi pasaporte indio expira el 21 de julio de 2020.

¿Alguien puede sugerirnos el mejor curso de acción, por favor?

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Se me olvidó decir que nuestro visado de Estados Unidos es válido hasta junio de 2027. ¿Tenemos que seguir aplicando el I-539 para la extensión de decir? Por favor, comenten.

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bosnic Puntos 534

Le recomendaría que solicite una extensión tan pronto como esté seguro de que no podrá salir a tiempo. Considerando todas las cosas, esto probablemente será a principios de mayo.

Esta es la situación actual:

  • La India tiene suspendió todos los vuelos comerciales dentro y fuera del país hasta el 3 de mayo de 2020. A más tardar el 4 de mayo, debería haber un nuevo anuncio, y debería saber si la suspensión sigue en pie o ha sido levantada. Si la suspensión se extiende hasta junio, su vuelo será casi seguro cancelado.
  • En circunstancias normales, su extensión de estancia I-539 debe ser presentada y el recibo reconocido por el USCIS antes de que su estancia autorizada I-94 termine. Dado el coronavirus, están dando cierta flexibilidad para las presentaciones tardías pero sigue siendo una buena idea archivar pronto. Actualmente está tomando varios meses para procesar estas solicitudes. Puede permanecer en los EE.UU. hasta que su solicitud sea procesada y reciba la decisión, pero si es rechazada debe irse inmediatamente.
  • Los vuelos de repatriación siguen volando, en ambas direcciones. Puede contactar con la embajada de la India para saber si hay un vuelo de repatriación disponible y cuáles son los requisitos.

Con respecto a su pasaporte:

  • La embajada india en Washington tiene servicios de pasaportes suspendidos excepto para emergencias. Como es más difícil renovar un pasaporte indio fuera de la India después de su vencimiento, debe ponerse en contacto con la embajada lo antes posible en relación con una posible renovación de pasaporte. No siga las instrucciones normales de pasaporte en el sitio web a menos que la embajada se lo indique, ya que ese proceso se ha suspendido.
  • Puedes usar el pasaporte existente para volver a la India hasta las 23:59 de su fecha de caducidad. Pero si no puedes conseguir un nuevo pasaporte y te quedas atascado en los EE.UU. después de la expiración de tu pasaporte, la embajada todavía puede emitir un documento de viaje de emergencia para permitir tu regreso a la India después de que los vuelos eventualmente se reanuden.

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Harper Puntos 131

La respuesta de Michael es muy completa, pero yo quería que esto saliera en la parte superior:

Si quieres volver a casa ahora, contacta con tu gobierno sobre un vuelo de repatriación. Los gobiernos están trabajando duro para que los ciudadanos regresen a casa.

De lo contrario, archivaría esa extensión I-539 absolutamente tan pronto como sea posible y declarar la razón como el miedo a la posibilidad de conseguir un vuelo a casa debido al virus, y el deseo de mantener su registro de inmigración en buen estado. La razón es el atraso de estas solicitudes.

No sé cómo la ley de inmigración tratará esto. Mi trato con la ley regular es que los tribunales parecen estar tratando la crisis como una peaje (detención del reloj) en asuntos que tienen un límite de tiempo. Espero que en el futuro, los funcionarios de inmigración también "detengan el reloj" en la evaluación de los excesos de estancia.

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Si puede permanecer en el país mientras se tramita la prórroga, ¿por qué es mejor presentarla cuanto antes? ¿No sería mejor esperar y esperar a que tarden más en tramitarla que en llegar a casa?

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@Kat La raíz de una muy buena defensa en los tribunales es: "Señoría, solicité una prórroga en cuanto tuve conocimiento de que mi vuelo puede se cancela. No era mi intento para sobrepasar mi visado de viaje. Mi país y el suyo se cerraron efectivamente para los viajes que no fueran de emergencia. Tan pronto como se suavicen las restricciones de viaje, tengo la intención de volver a casa rápidamente. Está claro que no soy culpable de nada más que un técnico violación de la ley". Al menos preferiría empezar así a "esperaba que tardaran más en encontrarme".

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@Kat Y mejora tu caso aún más si la prórroga ha sido aprobada. Dado el retraso, cuanto antes lo solicites, antes te lo aprobarán.

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